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21 may 2026

Nueva norma de la SBS facilitará el reclamo de fondos de las AFP de fallecidos a partir de septiembre

Nueva norma de la SBS facilitará el reclamo de fondos de las AFP de fallecidos a partir de septiembre
Crédito Foto: Andina

¿Sabías que millones de soles en fondos de pensiones se quedan congelados simplemente porque las familias ignoran que su familiar fallecido tenía dinero guardado? Para frenar esta realidad y humanizar el sistema previsional, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha promulgado la Resolución SBS N° 1400-2026. Esta normativa obliga a las Empresas Administradoras de Pensiones (EAF, antes conocidas como AFP) a diseñar estrategias activas de comunicación y asistencia orientadas a los herederos. La medida busca tender un puente informativo en momentos sumamente complejos para los deudos, garantizando que los fondos cumplan su verdadero fin de protección social y económica en lugar de perderse en el olvido institucional.

Las tres acciones clave para el rescate de los fondos

El nuevo marco regulatorio establece un plan de acción obligatorio con el fin de transparentar la información y agilizar los trámites sucesorios. A partir de ahora, las administradoras de pensiones deberán ejecutar las siguientes tareas de manera permanente:

  • Verificación automatizada: Cruce inmediato de datos con el Reniec y las entidades pertinentes para comprobar de forma proactiva el deceso de los afiliados.

  • Notificación directa al hogar: Envío de una alerta física a la última dirección del afiliado dentro de los 15 días calendario posteriores al conocimiento del fallecimiento.

  • Transparencia masiva: Publicación semestral de la lista de aportantes fallecidos en un diario de circulación nacional y actualización constante en los portales web de cada EAF.

Septiembre 2026: El inicio del nuevo padrón digital

La puesta en marcha definitiva de este ecosistema informativo ocurrirá en septiembre de 2026, fecha en la que se habilitará una plataforma digital centralizada y asesoría especializada en la web de cada administradora. Los familiares podrán verificar de forma sencilla si califican para una pensión de sobrevivencia o, en su defecto, para la entrega total del saldo acumulado bajo la modalidad de masa hereditaria. Complementando este esfuerzo, el portal institucional de la SBS unificará los enlaces de todas las EAF para ofrecer una ventanilla única de consulta que impida la dispersión de los datos.

Esta reforma previsional adquiere una urgencia crítica bajo el amparo de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano. Dicha ley estipula que los saldos que permanezcan abandonados y no sean reclamados por un periodo de diez años serán transferidos de manera irreversible a las arcas de la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Con estas nuevas reglas de juego, el sistema financiero busca redimir su rol fiduciario, asegurando que el esfuerzo de toda una vida laboral regrese a manos de quienes legítimamente les corresponde: las familias.

Fuente: Infobae Perú.

18 may 2026

Reforma previsional: ONP y AFP permitirán traslados libres y unificación de aportes desde septiembre

Reforma previsional: ONP y AFP permitirán traslados libres y unificación de aportes desde septiembre
El marco normativo de la jubilación en el Perú ingresa a su fase de adecuación técnica definitiva. En cumplimiento de la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) culminan la redacción del reglamento que, a partir de septiembre de 2026, facultará a los afiliados a trasladarse libremente y en ambos sentidos entre el régimen público y el privado. Esta disposición sustituye de forma integral el restrictivo esquema de desafiliación informada vigente hasta la fecha, implementando una plataforma de interoperabilidad diseñada para asegurar la continuidad de los fondos y flexibilizar la gestión de las cuentas previsionales de los aportantes.

El núcleo de la reforma introduce una reingeniería en la contabilidad de los fondos acumulados para evitar la pérdida de los derechos adquiridos por los cotizantes durante su tránsito por el mercado laboral. De acuerdo con lo detallado por la jefatura de la ONP, los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) que migren al Sistema Privado de Pensiones (SPP) mantendrán la facultad de solicitar un Bono de Reconocimiento por sus contribuciones previas, bajo condiciones que el texto reglamentario terminará de precisar. En contraparte, los cotizantes del sector privado que decidan reincorporarse al sistema público deberán transferir el 100% de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) —excluyendo aportes voluntarios—, sujetándose a un modelo de consolidación que se regirá bajo los siguientes criterios técnico-legales:

  • Cómputo Unificado de Aportes: La liquidación de la pensión en el sistema público se determinará sumando de forma correlativa los periodos aportados tanto en la ONP como en las AFP.

  • Compatibilidad de Beneficios: Los ciudadanos con un mínimo de 240 aportaciones (20 años) asegurarán el derecho a una pensión mínima o proporcional en el Estado, la cual no colisionará con los excedentes o nuevos fondos que generen posteriormente en el sector privado.

  • Articulación de Datos Sectorial: La gestión de los tres pilares previsionales requerirá el cruce automatizado de información entre la ONP, la Sunat, el Reniec, el Midis y la Superintendencia de Banca y Seguros.

Desafíos macroeconómicos frente a la tasa de informalidad

A pesar de la flexibilidad de la nueva arquitectura jurídica, la sostenibilidad del modelo previsional modificado enfrenta restricciones estructurales debido a las condiciones del mercado laboral peruano. Las proyecciones oficiales de la ONP señalan que, con un índice de informalidad laboral que afecta al 75% de la población económicamente activa, la eficacia de la reforma dependerá de la implementación de políticas de recaudación diferenciadas capaces de incorporar a los trabajadores independientes. La publicación del decreto supremo que apruebe el reglamento final en el tercer trimestre del año definirá las reglas de juego fiscales, abriendo un periodo de transición donde la predictibilidad de los fondos y la fiscalización de las administradoras privadas serán supervisadas de cerca por los organismos reguladores del Estado.

Fuente: La República.

1 may 2026

Traslado ONP y AFP: Conoce cómo cambiar de sistema de pensiones desde septiembre de 2026

Traslado ONP y AFP: Conoce cómo cambiar de sistema de pensiones desde septiembre de 2026
Un puente entre sistemas: El nuevo tablero de las pensiones en el Perú

¿Cuántas veces has sentido que tu fondo de jubilación estaba "atrapado" en un sistema que no se ajustaba a tus necesidades? En un país donde la informalidad laboral alcanza un preocupante 75%, la libertad de elección es más que un lujo: es una necesidad de supervivencia financiera. A partir de septiembre, gracias a la Ley 32123, el muro que separaba a la ONP de las AFP comenzará a derribarse, permitiendo que miles de peruanos muevan sus aportes de un sistema a otro en busca de la sostenibilidad y cobertura que mejor les acomode según su etapa de vida.

Migración bidireccional: Tú decides el rumbo

Bajo el nuevo esquema de la Modernización del Sistema Previsional, la gran novedad es la bidireccionalidad. Ya no se trata solo de una "desafiliación" tradicional, sino de un flujo dinámico supervisado por la ONP y la SBS. Si decides pasar de la ONP a una AFP, podrás solicitar un Bono de Reconocimiento por tus años de esfuerzo; mientras que si optas por el camino inverso, hacia el sistema público, deberás transferir el total de tu fondo acumulado. Esta integración es como un "borrón y cuenta nueva" inteligente donde tus aportes previos no desaparecen, sino que se recalculan para fortalecer tu futura pensión.

Lo que debes saber sobre el traslado:

  • Fecha clave: El proceso de migración oficial está previsto para iniciar en septiembre de 2026.

  • Bono de Reconocimiento: Fundamental para quienes pasan de ONP a AFP, protegiendo los aportes ya realizados.

  • Regla de los 20 años: Si tienes 240 aportes en la ONP, ya aseguras una pensión mínima que no se pierde al migrar al sistema privado.

  • Transferencia total: Para pasar de AFP a ONP, se debe trasladar el 100% de la cuenta individual de capitalización.

Este cambio estructural no solo busca ampliar la cobertura, sino también obligar a las instituciones a ser más eficientes para retener a sus afiliados. Como bien señala la jefatura de la ONP, el reto ahora es articular esfuerzos con entidades como Sunat y Reniec para que el sistema sea realmente inclusivo. La meta es clara: que la jubilación deje de ser una incertidumbre técnica para convertirse en un derecho flexible, donde el trabajador tenga, por fin, la última palabra sobre el destino de sus ahorros.

Fuente: La República.

14 ene 2026

¡Última oportunidad!: Retira hasta S/ 22,000 de tu AFP solo hasta el 19 de enero

Los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) tienen como fecha límite este 19 de enero para solicitar el retiro de sus fondos. Debido a que el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) subió a 5,500 soles este 2026, el monto máximo que los usuarios pueden retirar se ha incrementado a 22,000 soles (equivalente a 4 UIT). Este ajuste beneficia tanto a quienes no han iniciado el trámite como a quienes realizaron una solicitud en 2025 por el monto anterior de 21,400 soles y desean completar el tope actual.

Las entidades como Prima AFP y AFP Habitat han confirmado que quienes ya retiraron una parte de sus fondos, pero no alcanzaron el máximo vigente, pueden presentar una segunda solicitud siempre que tengan saldo disponible. El proceso es 100% digital y está disponible de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. Para realizar este segundo trámite, los afiliados deben ingresar a la sección de "mis trámites" en sus respectivas agencias virtuales y registrar su pedido antes del vencimiento del plazo.

Respecto a la entrega del dinero, los pagos se realizarán en hasta cuatro armadas, desembolsando una UIT cada una con un intervalo máximo de 30 días calendario entre cada depósito. El dinero será transferido a la cuenta bancaria seleccionada por el afiliado bajo la misma modalidad de los retiros anteriores. Las AFP recalcan la importancia de realizar el registro a tiempo, ya que el cronograma establecido por la SBS finaliza indefectiblemente este lunes 19 de enero.



10 oct 2025

Retiro AFP: Lista de Bancos Autorizados para Recibir los Desembolsos

El proceso para el octavo retiro AFP de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (S/21.400) comienza el martes 21 de octubre, iniciando por los afiliados con un carácter específico al final de su documento de identidad. Ante las consultas de los aportantes, Profuturo AFP reveló la lista de entidades financieras autorizadas para recibir estos desembolsos. La lista incluye: BCP, BBVA, Interbank, Scotiabank, Banbif, Banco de Comercio, Banco GNB, Caja Huancayo, Caja Sullana, Banco Falabella y Banco Ripley. Se recuerda a los afiliados que, al solicitar el retiro, deben consignar una cuenta bancaria personal, en soles y no mancomunada, dentro de estas entidades.

Otras Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) como Integra AFP confirmaron que los pagos se realizarán en cuentas personales de estos bancos autorizados. Si un afiliado no posee una cuenta bancaria, se le indica que debe acudir a su entidad preferida de la lista para abrir una cuenta de ahorros. Es importante notar que las cuentas en cooperativas de ahorro, así como otros bancos y cajas que no figuren en la lista, no serán válidas para recibir los fondos del retiro.

No obstante, existe una excepción para el depósito de los fondos: el Banco de la Nación. Profuturo AFP precisó que el retiro solo podrá recibirse en esta entidad, incluyendo el pago en ventanilla, únicamente si el afiliado ha registrado en su base de datos que reside en una localidad donde el Banco de la Nación es la única oferta bancaria disponible. Adicionalmente, ante otra consulta común, AFP Integra aclaró que los afiliados sí pueden registrar su solicitud de retiro incluso si su Documento Nacional de Identidad (DNI) se encuentra vencido, siempre y cuando ingresen los datos tal como figuran en el documento actual.

Fuente: Infobae

22 sept 2025

Retiro AFP 2025: ¡Atención! Desde octubre podrás solicitar hasta S/ 21,400 de tu fondo

Se prevé que, a más tardar en la segunda quincena de octubre, millones de afiliados podrán iniciar los trámites para retirar hasta S/ 21,400 de sus fondos de pensiones, equivalentes a 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Esta medida es posible gracias a la reciente publicación de la Ley 32445, que autoriza un nuevo retiro de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

Plazos y procedimientos clave

El siguiente paso es que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publique el reglamento para que las AFP puedan iniciar los desembolsos. La SBS tiene un plazo de 30 días para emitir los procedimientos operativos, pero el congresista espera que lo haga con urgencia, ya que solo necesita replicar los procesos de retiros anteriores.

Una vez publicado el reglamento, las AFP activarán sus portales web para que los afiliados presenten sus solicitudes. El proceso será el siguiente:

  • Plazo de solicitud: Tienes 90 días calendario para solicitar el retiro de manera virtual o presencial.

  • Desembolsos: Se abonará 1 UIT (S/ 5,350) cada 30 días. El primer pago se realizará 30 días después de presentar tu solicitud.

  • Intangibilidad: Los fondos son intangibles, lo que significa que no pueden ser embargados, excepto en casos de deudas por alimentos.

  • Suspensión: Si cambias de opinión, puedes suspender el proceso hasta 10 días antes del siguiente desembolso.

17 sept 2014

Presidente Ollanta Humala deroga aporte obligatorio para independientes



El aporte obligatorio al sistema de pensiones para trabajadores independientes, que se aprobó hace algunos meses, quedó derogado por la nueva ley que promulgó el Poder Ejecutivo. El aporte obligatorio aplicaba para los independientes menores de 41 años; sin embargo, ahora será de manera voluntaria.

La Ley 30237, deroga los artículos 8 y 9 de la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones y la norma que la modifica. A través de esta promulgación se restablece el aporte libre y voluntario de los trabajadores independientes.

“El trabajador independiente puede afiliarse al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) voluntariamente”, cita el artículo 33 en la sección “Aportes del trabajador independiente”.

En cuanto a los aportes previsionales obligatorios que se cobraron en cumplimientos de las normas actualmente derogadas, afirman que podrán ser devueltos o ser considerados para el reconocimiento del cálculo de la pensión de acuerdo a la elección del trabajador independiente.

Asimismo, se ha publicado el documento, que establece la derogación de las demás normas resoluciones y disposiciones que se opongan o limiten la aplicación de la presente Ley, se ha publicado en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

Los principales mandos del estado, Ollanta Humala Tasso, presidente de la República; Ana Jara Velásquez, jefa del Gabinete Ministerial; Ana María Solórzano, titular del Congreso de la República y Modesto Julca Jara, vicepresidente del Congreso, han impreso su rúbrica para la aprobación de la referida Ley.

Fuente: Noticia Local - Andina



15 sept 2014

Alonso Segura: Nuevo titular del MEF



Alonso Segura Vasi es el nuevo ministro de Economía y Finanzas, es economista por la Pontificia Universidad Católica del Perú y ha cursado estudios de maestría y doctorado, también en Economía durante su paso por la Universidad de Pennsylvania en los Estados Unidos.

Apenas hace unos días ejercía el cargo de jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Economía y Finanzas; y presidente del Comité Especial de Proyectos de Inversión Pública de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión).

Asimismo, ha sido director de la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide) y Jefe del Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión, equipo encargado de identificar y levantar barreras a la inversión en el país.

Antes de su incursión en la política, ocupo el puesto de gerente de Estudios Económicos y Estrategia de Inversiones del Banco de Crédito del Perú; asesor del Director Ejecutivo para la Silla del Cono Sur y funcionario del Departamento de Finanzas Publicas del Fondo Monetario Internacional; entre otros cargos.

Por otro lado, ha participado en el cuerpo de investigadores del Grupo de Análisis para el Desarrollo (Grade), centro de investigación privado dedicado al estudio de temas económicos, ambientales y sociales.

Mientras que en el ámbito académico, se ha desempeñado como profesor en la Maestría en Finanzas de la Universidad del Pacífico y de la Pontificia Universidad Católica del Perú, y ha dictado cursos de especialización para el Banco Central de Reserva y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP del Perú.

Fuente: Noticia Local - Andina

16 abr 2014

AFP: El 50% de aportes sería devuelto por enfermedad terminal

La Comisión de Economía del Congreso aprobó que se le devuelva a los afiliados a las administradoras privadas de fondos de pensiones (AFP) hasta el 50% de los aportes realizados en caso se acredite el padecimiento de una enfermedad terminal.

El congresista Tito Valle sustentó la medida al indicar que una enfermedad terminal disminuye la esperanza de vida y requiere de un elevado gasto en atenciones médicas.

Fuente: Noticia Local - Perú 21

20 sept 2013

Congreso suspende aporte de trabajadores independientes a ONP o AFP

El pleno del Congreso aprobó ayer, en segunda votación, el proyecto de ley que suspende hasta el 1 de agosto del 2014 el aporte obligatorio de los trabajadores independientes menores de 40 años a los sistemas de pensiones.

Con 85 votos a favor, 21 en contra y cinco abstenciones, los legisladores dieron luz verde a la iniciativa del Ejecutivo, que tuvo que aplazar la obligatoriedad de estos aportes presionados por la opinión pública y la oposición. Sin embargo, la iniciativa no contempla la devolución de lo que ya aportaron estos trabajadores –más de 50,000 que se afiliaron a AFP Habitat y a la ONP- en agosto y los primeros 19 días de setiembre.

Así lo puntualizó el presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Tito Valle, al sustentar el proyecto. “Desde el punto de vista de la Constitución no procede la devolución”, dijo tras argumentar que el Tribunal Constitucional aclaró que los fondos aportados por los trabajadores son intangibles y no tienen otro fin que el ahorro para la jubilación.

“Es urgente que se apruebe este proyecto, pues, de lo contrario, se seguirá reteniendo los aportes a los independientes mientras no salga la norma”, sustentó.

Descuento
A los independientes que aportaron a la AFP desde agosto, se les descontó un 5% de su remuneración más 2.5% por comisiones y primas de seguros.

Las bancadas aprista y del PPC propusieron la derogación de toda la norma, y la devolución inmediata de los aportes, pero su pedido no prosperó.

Sin embargo, el legislador Víctor Andrés García Belaunde advirtió que el debate de estos aportes es una ‘papa caliente’ que se retomará en agosto del próximo año.

Fuente: Noticia Local - Gestión

5 sept 2013

No se devolverán los aportes previsionales efectuados por independientes

Según el proyecto enviado por el Ejecutivo al Congreso, los aportes hechos por los independientes en el mes de agosto tanto a la AFP Habitat como a la Oficina de Normalizacon Previsional (ONP) no serán devueltos.

Esto debido a que en el proyecto de ley, donde se suspenden los aportes hasta agosto del 2014; se plantea que dicho aporte ya forma parte de los fondos para las pensiones.

El proyecto legal señala que los aportes que hubiesen sido generados y/o efectuados desde la fecha de entrada en vigencia de la Ley 29903 de la Reforma del Sistema Privado de Pensiones, "se reconocen para el cálculo de la pensión que corresponda".

Asimismo se precisa que se mantiene la obligatoriedad de aportes de los trabajadores independientes, pero que esta vez será gradual para todos.

Si optan por ir a la AFP el aporte inicial será de 2.5% de sus ingresos, mientras que para la ONP será de 5%. Estos porcentajes se incrementarán escalonadamente hasta llegar al 10% y 13% respectivamente.

Estas tasas también se aplicarán a todos aquellos independientes que decidan seguir aportando voluntariamente a su sistema previsional, hasta el 31 de julio del 2014. Luego será obligatorio para todos.

Fuente: Noticia Local - Correo


3 sept 2013

Las AFP tendrían que devolver aportes a independientes

Tras conocerse que el Gobierno dio marcha atrás en la norma que dispone el aporte obligatorio de los trabajadores independientes a un sistema previsional, el congresista Yonhy Lescano señaló que ahora las AFP tienen que devolver este dinero a los usuarios.

Esta mañana, el primer ministro Juan Jiménez anunció que mañana, en sesión de Consejo de Ministros, el Poder Ejecutivo aprobará la modificación de la Ley de la Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP), con lo cual se suspender la norma que obliga a los independientes menores de 40 años a afiliarse y aportar a una AFP o a la ONP.

“La Superintendencia puso la fecha, 1 de agosto, para que comience esto de los aportes de los independientes, muy bien que saquen otra resolución y que dejen sin efecto la resolución que se ha expedido. Se tiene que devolver el dinero, y se tiene que dejar todo sin efecto, y evaluar no solo esto de los independientes, sino toda la reforma que ha sido un fracaso”, señaló Lescano.

En ese sentido, opinó que la medida del Gobierno ha sido un fracaso y su intención solo originó el rechazo de la población. Refirió que hasta el propio Jiménez Mayor mostró observaciones a la cuestionada norma.

Fuente: Noticia Local – La República

30 jul 2013

Falcon Perú: Al 2015 la mitad de los trabajadores estará ahorrando para su jubilación

La reforma de las AFP sigue en camino. Con la incorporación de los trabajadores independientes al sistema previsional, la cobertura subiría al 50% de la PEA ocupada al 2015, lo que representaría una reducción de seis puntos porcentuales, aseguró Marco Palomino, gerente de proyectos de la consultora Falcon Management Perú.

“Estamos atrasados en Latinoamérica. Y no es un tema de los que menos ganan porque según un estudio del BID, el porcentaje es parejo para todos los percentiles. Para los que menos ganan está en 10% y para los que más ganan en 30%. Es un tema sistémico”, anotó.

El analista recordó que según las últimas cifras difundidas por el ministro Castilla, 1.9 millones de personas serán obligados a aportar a partir de agosto, siempre que su sueldo supere 1.5 veces el mínimo vital.
Cabe acotar que si el independiente es mayor a cuarenta años aportará 10%. Si es menor, es opcional y comenzaría aportando el 5%, para pasar a 8% y 10% de manera gradual.

La incorporación del independiente –detalló- solo es inmediata cuando se prestan los servicios a un agente retenedor de impuestos, es decir, una empresa formal que rinde cuentas a la Sunat.

“La idea es que la gente guarde pan para mayo y pueda tener derecho al sistema de salud y al sistema previsional. Es un tema de cultura del ahorro. Estamos siempre en una mentalidad cortoplacista”, observó.

Productividad
Palomino comentó que, según el BID, en las empresas con más de 100 trabajadores hay una “fuerte diferencia” entre la productividad de los empleados que tienen seguridad social y lo que no. “Es un plus que se irá percibiendo con el tiempo”, agregó.

Fuente: Noticia Local - Gestión

Falcon Perú: Al 2015 la mitad de los trabajadores estará ahorrando para su jubilación

La reforma de las AFP sigue en camino. Con la incorporación de los trabajadores independientes al sistema previsional, la cobertura subiría al 50% de la PEA ocupada al 2015, lo que representaría una reducción de seis puntos porcentuales, aseguró Marco Palomino, gerente de proyectos de la consultora Falcon Management Perú.

“Estamos atrasados en Latinoamérica. Y no es un tema de los que menos ganan porque según un estudio del BID, el porcentaje es parejo para todos los percentiles. Para los que menos ganan está en 10% y para los que más ganan en 30%. Es un tema sistémico”, anotó.

El analista recordó que según las últimas cifras difundidas por el ministro Castilla, 1.9 millones de personas serán obligados a aportar a partir de agosto, siempre que su sueldo supere 1.5 veces el mínimo vital.
Cabe acotar que si el independiente es mayor a cuarenta años aportará 10%. Si es menor, es opcional y comenzaría aportando el 5%, para pasar a 8% y 10% de manera gradual.

La incorporación del independiente –detalló- solo es inmediata cuando se prestan los servicios a un agente retenedor de impuestos, es decir, una empresa formal que rinde cuentas a la Sunat.

“La idea es que la gente guarde pan para mayo y pueda tener derecho al sistema de salud y al sistema previsional. Es un tema de cultura del ahorro. Estamos siempre en una mentalidad cortoplacista”, observó.

Productividad
Palomino comentó que, según el BID, en las empresas con más de 100 trabajadores hay una “fuerte diferencia” entre la productividad de los empleados que tienen seguridad social y lo que no. “Es un plus que se irá percibiendo con el tiempo”, agregó.

Fuente: Noticia Local - Gestión