18 may 2026

Reforma previsional: ONP y AFP permitirán traslados libres y unificación de aportes desde septiembre

Reforma previsional: ONP y AFP permitirán traslados libres y unificación de aportes desde septiembre
El marco normativo de la jubilación en el Perú ingresa a su fase de adecuación técnica definitiva. En cumplimiento de la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) culminan la redacción del reglamento que, a partir de septiembre de 2026, facultará a los afiliados a trasladarse libremente y en ambos sentidos entre el régimen público y el privado. Esta disposición sustituye de forma integral el restrictivo esquema de desafiliación informada vigente hasta la fecha, implementando una plataforma de interoperabilidad diseñada para asegurar la continuidad de los fondos y flexibilizar la gestión de las cuentas previsionales de los aportantes.

El núcleo de la reforma introduce una reingeniería en la contabilidad de los fondos acumulados para evitar la pérdida de los derechos adquiridos por los cotizantes durante su tránsito por el mercado laboral. De acuerdo con lo detallado por la jefatura de la ONP, los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) que migren al Sistema Privado de Pensiones (SPP) mantendrán la facultad de solicitar un Bono de Reconocimiento por sus contribuciones previas, bajo condiciones que el texto reglamentario terminará de precisar. En contraparte, los cotizantes del sector privado que decidan reincorporarse al sistema público deberán transferir el 100% de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) —excluyendo aportes voluntarios—, sujetándose a un modelo de consolidación que se regirá bajo los siguientes criterios técnico-legales:

  • Cómputo Unificado de Aportes: La liquidación de la pensión en el sistema público se determinará sumando de forma correlativa los periodos aportados tanto en la ONP como en las AFP.

  • Compatibilidad de Beneficios: Los ciudadanos con un mínimo de 240 aportaciones (20 años) asegurarán el derecho a una pensión mínima o proporcional en el Estado, la cual no colisionará con los excedentes o nuevos fondos que generen posteriormente en el sector privado.

  • Articulación de Datos Sectorial: La gestión de los tres pilares previsionales requerirá el cruce automatizado de información entre la ONP, la Sunat, el Reniec, el Midis y la Superintendencia de Banca y Seguros.

Desafíos macroeconómicos frente a la tasa de informalidad

A pesar de la flexibilidad de la nueva arquitectura jurídica, la sostenibilidad del modelo previsional modificado enfrenta restricciones estructurales debido a las condiciones del mercado laboral peruano. Las proyecciones oficiales de la ONP señalan que, con un índice de informalidad laboral que afecta al 75% de la población económicamente activa, la eficacia de la reforma dependerá de la implementación de políticas de recaudación diferenciadas capaces de incorporar a los trabajadores independientes. La publicación del decreto supremo que apruebe el reglamento final en el tercer trimestre del año definirá las reglas de juego fiscales, abriendo un periodo de transición donde la predictibilidad de los fondos y la fiscalización de las administradoras privadas serán supervisadas de cerca por los organismos reguladores del Estado.

Fuente: La República.

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