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2 jun 2026

Cronograma ONP de junio 2026: conoce las fechas de pago para jubilados según el apellido

Cronograma ONP de junio 2026: conoce las fechas de pago para jubilados según el apellido
Foto: Andina

¿Sabías que el Estado ya tiene todo fríamente calculado para que los jubilados de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) cobren sus pensiones de manera ordenada y sin contratiempos? A fines de la siguiente semana, miles de pensionistas podrán acudir al Banco de la Nación y a otras entidades autorizadas para recibir sus abonos. Esto es posible gracias a que, a fines del año pasado, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó y publicó el cronograma oficial de pagos para el sector público del 2026. Esta planificación busca contribuir a una mayor efectividad en las obligaciones del Estado por parte de los Gobiernos Regionales y las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional, garantizando una mejor atención y un flujo sin contratiempos para los beneficiarios.

El abecedario del cobro: Fechas clave para el Decreto Ley N° 19990

Si perteneces al régimen del Decreto Ley Nº 19990, los depósitos se realizan en cuentas bancarias del Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Interbank, Scotiabank y Banbif, o mediante la modalidad a domicilio. Para este mes de junio, la distribución de los fondos se ejecutará bajo un estricto orden alfabético diseñado para agilizar la atención:

  • Apellidos de la A a la C: El dinero estará disponible desde el viernes 5 de junio.

  • Apellidos de la D a la L: El depósito se realizará el lunes 8 de junio.

  • Apellidos de la M a la Q: Los jubilados podrán cobrar a partir del martes 9 de junio.

  • Apellidos de la R a la Z: Las pensiones se liberarán el miércoles 10 de junio.

  • Modalidad de pago a domicilio: El abono de pago se gestionará el viernes 5 de junio, las visitas comenzarán el lunes 15 de junio y el proceso culminará el miércoles 24 de junio.

Regímenes especiales y otras leyes administradas por la ONP

La ONP no solo administra el régimen tradicional, sino que también centraliza la atención de otros importantes sectores que recibirán sus abonos en una fecha unificada. Los pensionistas de los Decretos Leyes N° 18846 y N° 20530 (pensiones por encargo), junto con los de la Ley N° 30003 (pesqueros) y la Ley N° 26790 (seguro complementario de trabajo de riesgo), tienen el mismo calendario: recibirán su abono en cuenta bancaria el jueves 11 de junio (en entidades como Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Scotiabank, Interbank y Banbif), mientras que su pago a domicilio se efectuará del 18 al 24 de junio. Cabe precisar que, en el caso de la Ley N° 26790, el Banco de la Nación aplica para cobertura supletoria, fondo minero y reaseguro, operando en paralelo con las demás entidades privadas antes mencionadas.

Calendario sectorial para el Decreto 20530 y traspaso institucional

Existe un grupo de trabajadores que aún recibe sus pensiones a través de otras entidades públicas, pero que pasarán de forma progresiva a la administración de la ONP. Para este sector ligado al Decreto 20530, los desembolsos se realizarán por bloques de instituciones públicas según el siguiente orden:

  • Bloque 1 (Jueves 11 de junio): Incluye Educación (con Universidades), PCM, MTC, Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, MEF, Justicia, Gobiernos Regionales (Unidades Ejecutoras), Contraloría, Congreso, Agrario y de Riego, así como Energía y Minas.

  • Bloque 2 (Viernes 12 de junio): Corresponde a los sectores del Interior, Desarrollo e Inclusión Social, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Defensoría del Pueblo y Relaciones Exteriores.

  • Bloque 3 (Lunes 15 de junio): Destinado al personal de Salud, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Cultura, Ambiental, Trabajo y Promoción del Empleo, y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

  • Bloque 4 (Martes 16 de junio): Culmina con Producción, Comercio Exterior y Turismo, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones y el Tribunal Constitucional.   

21 may 2026

Nueva norma de la SBS facilitará el reclamo de fondos de las AFP de fallecidos a partir de septiembre

Nueva norma de la SBS facilitará el reclamo de fondos de las AFP de fallecidos a partir de septiembre
Crédito Foto: Andina

¿Sabías que millones de soles en fondos de pensiones se quedan congelados simplemente porque las familias ignoran que su familiar fallecido tenía dinero guardado? Para frenar esta realidad y humanizar el sistema previsional, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha promulgado la Resolución SBS N° 1400-2026. Esta normativa obliga a las Empresas Administradoras de Pensiones (EAF, antes conocidas como AFP) a diseñar estrategias activas de comunicación y asistencia orientadas a los herederos. La medida busca tender un puente informativo en momentos sumamente complejos para los deudos, garantizando que los fondos cumplan su verdadero fin de protección social y económica en lugar de perderse en el olvido institucional.

Las tres acciones clave para el rescate de los fondos

El nuevo marco regulatorio establece un plan de acción obligatorio con el fin de transparentar la información y agilizar los trámites sucesorios. A partir de ahora, las administradoras de pensiones deberán ejecutar las siguientes tareas de manera permanente:

  • Verificación automatizada: Cruce inmediato de datos con el Reniec y las entidades pertinentes para comprobar de forma proactiva el deceso de los afiliados.

  • Notificación directa al hogar: Envío de una alerta física a la última dirección del afiliado dentro de los 15 días calendario posteriores al conocimiento del fallecimiento.

  • Transparencia masiva: Publicación semestral de la lista de aportantes fallecidos en un diario de circulación nacional y actualización constante en los portales web de cada EAF.

Septiembre 2026: El inicio del nuevo padrón digital

La puesta en marcha definitiva de este ecosistema informativo ocurrirá en septiembre de 2026, fecha en la que se habilitará una plataforma digital centralizada y asesoría especializada en la web de cada administradora. Los familiares podrán verificar de forma sencilla si califican para una pensión de sobrevivencia o, en su defecto, para la entrega total del saldo acumulado bajo la modalidad de masa hereditaria. Complementando este esfuerzo, el portal institucional de la SBS unificará los enlaces de todas las EAF para ofrecer una ventanilla única de consulta que impida la dispersión de los datos.

Esta reforma previsional adquiere una urgencia crítica bajo el amparo de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano. Dicha ley estipula que los saldos que permanezcan abandonados y no sean reclamados por un periodo de diez años serán transferidos de manera irreversible a las arcas de la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Con estas nuevas reglas de juego, el sistema financiero busca redimir su rol fiduciario, asegurando que el esfuerzo de toda una vida laboral regrese a manos de quienes legítimamente les corresponde: las familias.

Fuente: Infobae Perú.

18 may 2026

Reforma previsional: ONP y AFP permitirán traslados libres y unificación de aportes desde septiembre

Reforma previsional: ONP y AFP permitirán traslados libres y unificación de aportes desde septiembre
El marco normativo de la jubilación en el Perú ingresa a su fase de adecuación técnica definitiva. En cumplimiento de la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) culminan la redacción del reglamento que, a partir de septiembre de 2026, facultará a los afiliados a trasladarse libremente y en ambos sentidos entre el régimen público y el privado. Esta disposición sustituye de forma integral el restrictivo esquema de desafiliación informada vigente hasta la fecha, implementando una plataforma de interoperabilidad diseñada para asegurar la continuidad de los fondos y flexibilizar la gestión de las cuentas previsionales de los aportantes.

El núcleo de la reforma introduce una reingeniería en la contabilidad de los fondos acumulados para evitar la pérdida de los derechos adquiridos por los cotizantes durante su tránsito por el mercado laboral. De acuerdo con lo detallado por la jefatura de la ONP, los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) que migren al Sistema Privado de Pensiones (SPP) mantendrán la facultad de solicitar un Bono de Reconocimiento por sus contribuciones previas, bajo condiciones que el texto reglamentario terminará de precisar. En contraparte, los cotizantes del sector privado que decidan reincorporarse al sistema público deberán transferir el 100% de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) —excluyendo aportes voluntarios—, sujetándose a un modelo de consolidación que se regirá bajo los siguientes criterios técnico-legales:

  • Cómputo Unificado de Aportes: La liquidación de la pensión en el sistema público se determinará sumando de forma correlativa los periodos aportados tanto en la ONP como en las AFP.

  • Compatibilidad de Beneficios: Los ciudadanos con un mínimo de 240 aportaciones (20 años) asegurarán el derecho a una pensión mínima o proporcional en el Estado, la cual no colisionará con los excedentes o nuevos fondos que generen posteriormente en el sector privado.

  • Articulación de Datos Sectorial: La gestión de los tres pilares previsionales requerirá el cruce automatizado de información entre la ONP, la Sunat, el Reniec, el Midis y la Superintendencia de Banca y Seguros.

Desafíos macroeconómicos frente a la tasa de informalidad

A pesar de la flexibilidad de la nueva arquitectura jurídica, la sostenibilidad del modelo previsional modificado enfrenta restricciones estructurales debido a las condiciones del mercado laboral peruano. Las proyecciones oficiales de la ONP señalan que, con un índice de informalidad laboral que afecta al 75% de la población económicamente activa, la eficacia de la reforma dependerá de la implementación de políticas de recaudación diferenciadas capaces de incorporar a los trabajadores independientes. La publicación del decreto supremo que apruebe el reglamento final en el tercer trimestre del año definirá las reglas de juego fiscales, abriendo un periodo de transición donde la predictibilidad de los fondos y la fiscalización de las administradoras privadas serán supervisadas de cerca por los organismos reguladores del Estado.

Fuente: La República.

12 may 2026

Fonavi Reintegro 5: Consulta si cobras desde el 14 de mayo. Revisa aquí el padrón y requisitos

Fonavi Reintegro 5: Consulta si cobras desde el 14 de mayo. Revisa aquí el padrón y requisitos
Fonavi 2026: El Reintegro 5 ya tiene fecha y así puedes asegurar tu cobro

¿Cuántas veces una espera de años se resume en una fecha en el calendario? Para 66,644 exaportantes, ese día es el 14 de mayo. La Comisión Ad Hoc acaba de oficializar el Quinto Grupo de Reintegro, una medida que no solo inyecta S/222 millones a la economía familiar de miles de peruanos, sino que representa un paso firme en la devolución de aportes para quienes dedicaron décadas de esfuerzo al país. Publicada en el diario El Peruano, esta resolución activa el cronograma de pagos en el Banco de la Nación para aquellos que pertenecieron a los grupos del 1 al 19 y que ahora recibirán un ajuste justo en sus cuentas.

¿Quiénes tienen la prioridad en este padrón?

En un esfuerzo por humanizar la gestión pública, el Reintegro 5 pone el foco en los sectores más vulnerables. La estrategia es clara: proteger a quienes más lo necesitan mediante criterios de edad y salud. Los grupos priorizados incluyen:

  • Adultos mayores: Exaportantes vivos con 67 años o más (al 31 de mayo de 2026).

  • Herederos: Familiares de fonavistas fallecidos que habrían cumplido 88 años a la fecha.

  • Salud y Discapacidad: Personas registradas en el Conadis, pensionistas por invalidez de la ONP y ciudadanos con enfermedades graves debidamente acreditadas.

Montos y garantías: Lo que llegará a tu bolsillo

La transparencia es el eje de este proceso. La normativa establece un monto mínimo de S/40 (permitiendo que quienes reciban menos sigan acreditando aportes a futuro) y un techo máximo que puede alcanzar los S/6,680, según los cálculos de la Asociación de Fonavistas. Para verificar si eres parte de esta nueva ola de beneficiarios, solo necesitas tu DNI y acceder a los portales oficiales (www.fonavi-st.gob.pe). Allí podrás consultar el padrón y descargar tu CERAD, el certificado digital que garantiza tus derechos y detalla cada sol reconocido de tu historia laboral.

Pasos finales para el cobro seguro

A partir del jueves 14 de mayo, las ventanillas del Banco de la Nación estarán habilitadas en todo el territorio nacional para efectuar los pagos. Es vital recordar que este proceso también ampara a los herederos legales bajo la Ley Nº 31928, asegurando que el beneficio llegue a la familia incluso si el titular ya no está presente. Si bien este es un pago parcial, la puerta queda abierta: si logras acreditar más aportes en el futuro, los reintegros continuarán. Mantente informado, verifica tus datos y no dejes pasar el derecho que, por ley y esfuerzo, te corresponde.

Fuente: La República.



4 may 2026

Cronograma ONP mayo 2026: conoce las fechas de pago y horarios según tu apellido paterno

Cronograma ONP mayo 2026: conoce las fechas de pago y horarios según tu apellido paterno
Seguridad y orden: Todo lo que debes saber sobre el pago de la ONP en mayo

¿Sabías que este mes más de 778 mil peruanos acudirán a cobrar sus pensiones bajo un sistema diseñado para proteger su tiempo y seguridad? La Oficina de Normalización Previsional (ONP) ha puesto en marcha su cronograma de mayo 2026, una logística que funciona como un engranaje de precisión para evitar colas innecesarias y aglomeraciones. Desde el viernes 8 de mayo, el Banco de la Nación y otras entidades autorizadas abrirán sus ventanillas y cajeros para cumplir con este derecho laboral, priorizando un flujo ordenado que permite a cada jubilado planificar sus finanzas con total certeza.

El abecedario de los pagos: Tu apellido marca el calendario

Para los beneficiarios del Régimen 19990, la clave está en la inicial del apellido paterno. Este método de pago escalonado actúa como un filtro inteligente: el grupo A–C abre la jornada el viernes 8, seguido por el bloque D–L el lunes 11, mientras que los apellidos de la M a la Q cobran el martes 12 y el cierre del grupo R–Z se dará el miércoles 13. Esta segmentación no solo facilita la atención en ventanillas, sino que garantiza que el sistema de cajeros automáticos y agentes a nivel nacional opere sin saturaciones, permitiendo un acceso rápido al efectivo.

Regímenes especiales y herramientas digitales:

La modernización del sistema no solo se refleja en las fechas, sino también en la autonomía del usuario. Gracias a la plataforma virtual de la ONP, ya no es obligatorio acudir a una agencia física para verificar el abono; un par de clics desde un celular o computadora bastan para confirmar la operación. En última instancia, este cronograma es más que una lista de fechas; es una herramienta de respeto al ciudadano que busca que el cobro de la pensión sea un proceso digno, eficiente y, sobre todo, seguro para quienes dedicaron su vida al trabajo.

Fuente: La República.

1 may 2026

Traslado ONP y AFP: Conoce cómo cambiar de sistema de pensiones desde septiembre de 2026

Traslado ONP y AFP: Conoce cómo cambiar de sistema de pensiones desde septiembre de 2026
Un puente entre sistemas: El nuevo tablero de las pensiones en el Perú

¿Cuántas veces has sentido que tu fondo de jubilación estaba "atrapado" en un sistema que no se ajustaba a tus necesidades? En un país donde la informalidad laboral alcanza un preocupante 75%, la libertad de elección es más que un lujo: es una necesidad de supervivencia financiera. A partir de septiembre, gracias a la Ley 32123, el muro que separaba a la ONP de las AFP comenzará a derribarse, permitiendo que miles de peruanos muevan sus aportes de un sistema a otro en busca de la sostenibilidad y cobertura que mejor les acomode según su etapa de vida.

Migración bidireccional: Tú decides el rumbo

Bajo el nuevo esquema de la Modernización del Sistema Previsional, la gran novedad es la bidireccionalidad. Ya no se trata solo de una "desafiliación" tradicional, sino de un flujo dinámico supervisado por la ONP y la SBS. Si decides pasar de la ONP a una AFP, podrás solicitar un Bono de Reconocimiento por tus años de esfuerzo; mientras que si optas por el camino inverso, hacia el sistema público, deberás transferir el total de tu fondo acumulado. Esta integración es como un "borrón y cuenta nueva" inteligente donde tus aportes previos no desaparecen, sino que se recalculan para fortalecer tu futura pensión.

Lo que debes saber sobre el traslado:

  • Fecha clave: El proceso de migración oficial está previsto para iniciar en septiembre de 2026.

  • Bono de Reconocimiento: Fundamental para quienes pasan de ONP a AFP, protegiendo los aportes ya realizados.

  • Regla de los 20 años: Si tienes 240 aportes en la ONP, ya aseguras una pensión mínima que no se pierde al migrar al sistema privado.

  • Transferencia total: Para pasar de AFP a ONP, se debe trasladar el 100% de la cuenta individual de capitalización.

Este cambio estructural no solo busca ampliar la cobertura, sino también obligar a las instituciones a ser más eficientes para retener a sus afiliados. Como bien señala la jefatura de la ONP, el reto ahora es articular esfuerzos con entidades como Sunat y Reniec para que el sistema sea realmente inclusivo. La meta es clara: que la jubilación deje de ser una incertidumbre técnica para convertirse en un derecho flexible, donde el trabajador tenga, por fin, la última palabra sobre el destino de sus ahorros.

Fuente: La República.

14 ene 2026

Pensión ONP sube en 2026: Conoce el nuevo monto máximo y beneficios

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) oficializó el incremento de las pensiones de jubilación e invalidez para los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) bajo el Decreto Ley 19990. Según el Decreto Supremo 330-2025-EF, los pensionistas con al menos 20 años de aportes recibirán un reajuste de 100 soles a partir de enero de 2026. Esta medida beneficia a quienes perciben montos inferiores a los 1,000 soles y tengan un derecho a pensión definitiva reconocido hasta el 31 de diciembre de 2025.

La normativa precisa que el incremento se aplica de forma complementaria a la Ley de Modernización del Sistema Previsional, la cual ya había fijado la pensión mínima en 600 soles. En los casos donde ya se hubiera otorgado un aumento previo bajo dicha ley, el actual reajuste cubrirá el diferencial necesario hasta completar los 100 soles adicionales. Asimismo, se establece que las pensiones actualizadas no podrán superar el nuevo tope máximo mensual de 1,000 soles que abona la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Para asegurar la correcta implementación, la ONP ha sido facultada para redondear los montos al entero superior en caso de existir céntimos. El pago de este beneficio rige desde el mes de enero de 2026 y, en las situaciones que corresponda, el reintegro respectivo será abonado durante el mes de febrero. Con esta disposición, el Gobierno busca actualizar los ingresos de los jubilados del régimen general frente a las condiciones económicas actuales.



22 sept 2025

Retiro AFP 2025: ¡Atención! Desde octubre podrás solicitar hasta S/ 21,400 de tu fondo

Se prevé que, a más tardar en la segunda quincena de octubre, millones de afiliados podrán iniciar los trámites para retirar hasta S/ 21,400 de sus fondos de pensiones, equivalentes a 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Esta medida es posible gracias a la reciente publicación de la Ley 32445, que autoriza un nuevo retiro de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

Plazos y procedimientos clave

El siguiente paso es que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publique el reglamento para que las AFP puedan iniciar los desembolsos. La SBS tiene un plazo de 30 días para emitir los procedimientos operativos, pero el congresista espera que lo haga con urgencia, ya que solo necesita replicar los procesos de retiros anteriores.

Una vez publicado el reglamento, las AFP activarán sus portales web para que los afiliados presenten sus solicitudes. El proceso será el siguiente:

  • Plazo de solicitud: Tienes 90 días calendario para solicitar el retiro de manera virtual o presencial.

  • Desembolsos: Se abonará 1 UIT (S/ 5,350) cada 30 días. El primer pago se realizará 30 días después de presentar tu solicitud.

  • Intangibilidad: Los fondos son intangibles, lo que significa que no pueden ser embargados, excepto en casos de deudas por alimentos.

  • Suspensión: Si cambias de opinión, puedes suspender el proceso hasta 10 días antes del siguiente desembolso.

20 sept 2013

Congreso suspende aporte de trabajadores independientes a ONP o AFP

El pleno del Congreso aprobó ayer, en segunda votación, el proyecto de ley que suspende hasta el 1 de agosto del 2014 el aporte obligatorio de los trabajadores independientes menores de 40 años a los sistemas de pensiones.

Con 85 votos a favor, 21 en contra y cinco abstenciones, los legisladores dieron luz verde a la iniciativa del Ejecutivo, que tuvo que aplazar la obligatoriedad de estos aportes presionados por la opinión pública y la oposición. Sin embargo, la iniciativa no contempla la devolución de lo que ya aportaron estos trabajadores –más de 50,000 que se afiliaron a AFP Habitat y a la ONP- en agosto y los primeros 19 días de setiembre.

Así lo puntualizó el presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Tito Valle, al sustentar el proyecto. “Desde el punto de vista de la Constitución no procede la devolución”, dijo tras argumentar que el Tribunal Constitucional aclaró que los fondos aportados por los trabajadores son intangibles y no tienen otro fin que el ahorro para la jubilación.

“Es urgente que se apruebe este proyecto, pues, de lo contrario, se seguirá reteniendo los aportes a los independientes mientras no salga la norma”, sustentó.

Descuento
A los independientes que aportaron a la AFP desde agosto, se les descontó un 5% de su remuneración más 2.5% por comisiones y primas de seguros.

Las bancadas aprista y del PPC propusieron la derogación de toda la norma, y la devolución inmediata de los aportes, pero su pedido no prosperó.

Sin embargo, el legislador Víctor Andrés García Belaunde advirtió que el debate de estos aportes es una ‘papa caliente’ que se retomará en agosto del próximo año.

Fuente: Noticia Local - Gestión

5 sept 2013

No se devolverán los aportes previsionales efectuados por independientes

Según el proyecto enviado por el Ejecutivo al Congreso, los aportes hechos por los independientes en el mes de agosto tanto a la AFP Habitat como a la Oficina de Normalizacon Previsional (ONP) no serán devueltos.

Esto debido a que en el proyecto de ley, donde se suspenden los aportes hasta agosto del 2014; se plantea que dicho aporte ya forma parte de los fondos para las pensiones.

El proyecto legal señala que los aportes que hubiesen sido generados y/o efectuados desde la fecha de entrada en vigencia de la Ley 29903 de la Reforma del Sistema Privado de Pensiones, "se reconocen para el cálculo de la pensión que corresponda".

Asimismo se precisa que se mantiene la obligatoriedad de aportes de los trabajadores independientes, pero que esta vez será gradual para todos.

Si optan por ir a la AFP el aporte inicial será de 2.5% de sus ingresos, mientras que para la ONP será de 5%. Estos porcentajes se incrementarán escalonadamente hasta llegar al 10% y 13% respectivamente.

Estas tasas también se aplicarán a todos aquellos independientes que decidan seguir aportando voluntariamente a su sistema previsional, hasta el 31 de julio del 2014. Luego será obligatorio para todos.

Fuente: Noticia Local - Correo


3 sept 2013

Las AFP tendrían que devolver aportes a independientes

Tras conocerse que el Gobierno dio marcha atrás en la norma que dispone el aporte obligatorio de los trabajadores independientes a un sistema previsional, el congresista Yonhy Lescano señaló que ahora las AFP tienen que devolver este dinero a los usuarios.

Esta mañana, el primer ministro Juan Jiménez anunció que mañana, en sesión de Consejo de Ministros, el Poder Ejecutivo aprobará la modificación de la Ley de la Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP), con lo cual se suspender la norma que obliga a los independientes menores de 40 años a afiliarse y aportar a una AFP o a la ONP.

“La Superintendencia puso la fecha, 1 de agosto, para que comience esto de los aportes de los independientes, muy bien que saquen otra resolución y que dejen sin efecto la resolución que se ha expedido. Se tiene que devolver el dinero, y se tiene que dejar todo sin efecto, y evaluar no solo esto de los independientes, sino toda la reforma que ha sido un fracaso”, señaló Lescano.

En ese sentido, opinó que la medida del Gobierno ha sido un fracaso y su intención solo originó el rechazo de la población. Refirió que hasta el propio Jiménez Mayor mostró observaciones a la cuestionada norma.

Fuente: Noticia Local – La República