El Tribunal Constitucional (TC) ha ordenado al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) la inscripción inmediata de los menores E.M. y C.M. con los apellidos de su padre legal, Ricardo Morán Vargas, y reconocerse también su nacionalidad peruana.
El TC declaró nulas las resoluciones regionales y registrales que declararon improcedentes las solicitudes de inscripción administrativa del nacimiento de los niños e inaplicable en este caso la regla de que sólo la madre puede inscribir a su hijo, con sus apellidos, sin revelar la identidad del padre. En la sentencia, el TC no analizó las circunstancias del nacimiento de los niños, sino que centró su análisis en la discriminación por razón de sexo en perjuicio de los varones.
Ante la falta de reconocimiento legal del derecho del padre, el Tribunal resolvió, fundamentalmente, conforme a los principios de no discriminación e igualdad, contenidos en la Constitución y otros tratados internacionales. La sentencia resalta que es de la mayor importancia que un niño conozca la identidad de ambos padres.
El Colegiado exhortó al Congreso de la República para que, en el marco de sus atribuciones, equipare el derecho de un padre a inscribir a sus hijos con sus apellidos, sin develar el nombre de la madre. El TC recordó que el artículo 52 de la Constitución consagra como un derecho de sustento constitucional directo el derecho del padre y madre peruanos a que sus hijos, nacidos en el extranjero, tengan la misma nacionalidad.
Fuente: Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional - Fotografía: Ricardo Morán
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