
Así quedó establecido en dos decretos supremos suscritos hoy por el presidente de la República, Alan García. La primera norma dispone que un total de 85 medicamentos e insumos para el tratamiento oncológico y 27 para el VIH/Sida estén inafectos al pago de tributos.
Entre los medicamentos e insumos libres de impuestos para el tratamiento oncológico se encuentran el Anastrozol, Asparginasa, Bexaroteno, Cetuximab, Decitabina, entre otros. Mientras que para el del VIH/SIDA están la Didanosina, Estavudina, Lamivudina, Maraviroc, Raltegravir, Zalcitabina, entre otros.
Mediante otro decreto supremo también se libera del pago del IGV y derechos arancelarios a 31 medicinas e insumos utilizados para el tratamiento de la diabetes.
La norma tiene como objetivo beneficiar a la población que sufre de la referida enfermedad, de conformidad a la Ley General de Protección a las Personas con Diabetes, Ley Nº 28553.
Dichos medicamentos e insumos que son utilizados para la fabricación nacional de equivalentes terapéuticos para el tratamiento de la diabetes, y están libres del pago de los señalados impuestos son: Acarbosa, Clorpropamida, Exenatida, Glibenclamida, Glibenclamida + Metformina, Gliclazida, Glimepirida y Glipizida, informó Andina.
Asimismo, las insulinas Aspartato, Detemir, Asparta. Glargina, Glulisina, insulina humana, insulina Isofana humana, insulina lispro, insulina zinc humana, insulina zinc humana + insulina isofana humana y la insulina zinc isofana humana.
Del mismo modo, la metfomina clorhidrato, metfomina clorhidrato + glimepirida, nateglinida, pioglitazona clorhidrato, pioglitazona clorhidrato + gliomepirida, repaglinida, rosiglitazona maleato, rosiglitazona maleato + metfomina clorhidrato, rosiglitazona maleato + glimepirida, sitagliptina, sitagliptina + metfomina clorhidrato y vildagliptina.
Dichas medidas beneficiarán a miles de personas que deben adquirir medicamentos para el tratamiento de estas enfermedades.
Fuente: Noticia Local - Andina - El Comercio