Días no laborables vs. Feriados oficiales: Las reglas de juego en cada sector
Para evitar confusiones que afecten la asistencia o el sueldo, es clave diferenciar la naturaleza legal de cada fecha del calendario festivo. La principal diferencia radica en la obligatoriedad de la jornada y el pago de las horas trabajadas según las normas vigentes:
Feriados nacionales (28 y 29 de julio): Son de descanso remunerado obligatorio para todos. Si trabajas sin descanso sustitutorio, recibes la paga de la jornada, la del feriado y una sobretasa del 100 %.
Día no laborable (Lunes 27 de julio): Exclusivo para el sector público, con la obligación de recuperar las horas no trabajadas en los diez días posteriores.
Sector Privado (Lunes 27 de julio): El descanso es optativo y depende de un acuerdo previo entre el empleador y el trabajador; si no hay consenso, decide el empleador.
Servicios esenciales: Salud, seguridad, transporte, servicios básicos y turismo operarán sin interrupciones durante el día no laborable para garantizar la atención a la ciudadanía.
El mapa completo del descanso: Los feriados de julio y lo que resta del año
El mes de julio de 2026 no solo trae la celebración nacional de la patria, sino un marco de descanso que ya comenzó días atrás con la incorporación de nuevas fechas conmemorativas. El calendario patrio del mes cerró con tres feriados nacionales oficiales: el pasado jueves 23 de julio (Día de la Fuerza Aérea del Perú en honor a José Abelardo Quiñones), seguido del martes 28 y miércoles 29. Tras el retorno obligatorio a las oficinas a fin de mes, el calendario laboral continuará su curso habitual hacia los próximos feriados del año en los meses de agosto (6 y 30), octubre (8), noviembre (1) y diciembre (8, 9 y 25).

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