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30 ago 2011

Vecinos podrán regularizar pago de tributos en 19 distritos de Lima y Callao

Un total de 19 municipios de Lima y Callao están ofreciendo facilidades tributarias a sus contribuyentes y en diez de los casos el plazo vence mañana miércoles 31 de agosto, informó hoy el Instituto Peruano de Administración Municipal (IPAM).
En algunos casos las facilidades son para que los contribuyentes puedan cancelar sus deudas de impuesto predial y de arbitrios sin tener que pagar los intereses que se hubieran acumulado por dichas obligaciones tributarias.

En otros casos, los vecinos tendrán la facilidad de presentar la declaración jurada del impuesto predial sin tener que pagar multas por no haber declarado oportunamente las mejoras introducidas a sus predios o haber omitido declararlos en su integridad.

Según el IPAM, las deudas tributarias crecen mensualmente a razón del 1.2%  de interés moratorio, lo que significa 14.4% de interés anual.

Además, en el caso del impuesto predial, la deuda se reajusta trimestralmente de acuerdo con el índice de precios al por mayor que señala el INEI, que es un referente de la inflación a nivel nacional. 
 
En lo que va del año 2011, agrega la institución, un total de 33 municipalidades han otorgado facilidades a sus contribuyentes habiéndose incorporado este mes a dicha relación los distritos de La Molina y de San Borja por primera vez.

28 jun 2011

Vecinos del Rímac podrán cancelar deudas tributarias con prestación de servicios o bienes

En adelante, los vecinos del Rímac podrán amortizar o cancelar sus deudas tributarias con el Municipio distrital mediante la prestación de servicios o la entrega de bienes muebles e inmuebles, según establece una Ordenanza publicada en el Diario Oficial El Peruano.
 
La norma indica que podrán acogerse a estas modalidades de pago todas las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, patrimonios autónomos u otras sociedades que sean titulares de deudas tributarias y no tributarias.

Las deudas a las que se puede acoger el deudor son aquellas tributarias  y no tributarias generadas hasta el ejercicio anterior correspondiente y que se encuentren calificadas por la Gerencia de Rentas de la comuna.

En el caso de las deudas no tributarias, de manera excepcional, podrán ser consideradas todas las multas generadas hasta la fecha de presentación de la solicitud de acogimiento. No está permitido el pago mediante bienes sobre los cuales pese alguna carga, gravamen, proceso judicial o extrajudicial.

El deudor podrá pagar mediante canje por deuda hasta el 100 por ciento de la deuda que mantenga con la Municipalidad. Si la deuda ya estuviese en ejecución coactiva, previamente a la presentación de la solicitud de acogimiento, deberá de cancelar el total de los gastos administrativos y costas del procedimiento de ejecución coactiva.

Por su parte, en la modalidad de pago de deuda por prestación de servicios, el deudor deberá mantener la confidencialidad de la información a la cual tenga acceso.

Asimismo, el deudor estará sujeto a un sistema de supervisión y evaluación permanente por parte de la Municipalidad, orientado básicamente a que cumpla con la calidad del servicio, en función a las condiciones técnicas contenidas en el contrato suscrito con la comuna para dichos fines.

Al término del servicio y después de verificar que éste fue prestado cumpliendo con los términos del contrato, la Sub Gerencia de Logística, Control Patrimonial y Servicios Generales procederá a emitir la conformidad del servicio, procediendo a entregarle el original al deudor y a enviar una copia de la misma a la Gerencia de Rentas para su conocimiento y fines.

La Municipalidad precisó que el pago en bienes y servicios no es compatible con la aplicación de otros beneficios tributarios.

Fuente: Noticia Local - Andina

11 may 2008

Tributos en Jesús María podrán pagarse durante días no laborables por ALC-UE

Lima, 11 / 05 / 2008

Los vecinos de Jesús María podrán pagar sus tributos municipales durante días no laborables programados por la V Cumbre de América Latina, El Caribe y la Unión Europea (ALC-UE), pues se brindará atención al público los días jueves 15, viernes 16 y sábado 17 de mayo.
Con esta medida se busca ofrecer facilidades a los contribuyentes para que puedan cancelar oportunamente sus tributos municipales del este mes, como son la segunda cuota del Impuesto Predial y el pago correspondiente a los arbitrios, que vencen el viernes 30 de mayo.
Funcionarios de la Gerencia de Rentas del citado municipio recordaron que los vecinos del distrito aún pueden acceder al programa de beneficio tributario Jesús María Puntual, destinado por la comuna para premiar y reconocer a los contribuyentes puntuales.
Los pagos se realizan en la oficina de Tesorería del municipio, ubicada en la cuadra 8 de la avenida Mariátegui, de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas, mientras que los sábados y feriados se brindará atención de 09:00 a 13:00 horas.

Fuente: Noticia Local - Agencias