Lima, 16 / 09 / 2007
Tal como lo anunció en julio, la Defensoría del Pueblo remitió a la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República un informe en el que se concluye que los decretos legislativos promulgados por el Poder Ejecutivo con la finalidad de luchar contra el crimen organizado mejoran, en general, las capacidades de la Policía Nacional del Perú (PNP), el Ministerio Público y el Poder Judicial para combatir la criminalidad organizada, pero también se señala que contienen normas que resultan contrarias a la Constitución.
Al identificar estas normas –la sanción a autoridades que participen en marchas de protesta y la exención de responsabilidad penal a los miembros de las Fuerzas Armadas y la PNP, por ejemplo–, argumenta que su inconstitucionalidad radica, principalmente, en que regulan materias que el Poder Ejecutivo no estaba autorizado a incluir en su propuesta legislativa.
Asimismo, da cuenta de que un 37% de las reformas contenidas en los decretos legislativos no se relaciona con la lucha contra el crimen organizado ni alguno de los delitos mencionados de forma expresa en la ley mediante la cual se autorizó la expedición de estos decretos. Por lo tanto, estas normas también devienen inconstitucionales por exceder el marco de la delegación de facultades otorgada por el Congreso.
En consecuencia, la Defensoría del Pueblo recomienda derogar aquellas normas que son manifiestamente inconstitucionales, sin perjuicio de que en el caso de las normas que excedieron la autorización del Congreso su contenido sea recogido en una ley formal. Esto último procedería, por ejemplo, en el caso del proceso de pérdida de dominio, que permite revertir en favor del Estado los bienes cuyo origen sea ilícito.
Fuente: Oficina de Prensa e Imagen Institucional Defensoría del Pueblo
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