Lima, 06 / 09 / 2007
El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones" (CIADI), rechazó la solicitud de Anulación de Laudo, presentada por las empresas Lucchetti, mediante la cual pretendía que el Estado peruano le pague una compensación de US$150 millones más intereses y costas, por la revocación de la licencia de funcionamiento y clausura por parte de la Municipalidad de Lima de su fábrica de pastas en la zona reservada de los Pantanos de Villa.
Según informó la cancillería, el CIADI reafirmó que Lucchetti carecía de legimitación para acceder a este foro internacional, toda vez que no es aplicable a este caso por estar expresamente excluídas todas las controversias con inversionistas que hubieren surgido con anterioridad a su vigencia.
El Perú fue notificado ayer de esta decisión favorable al Estado peruano de la Comisión Ad Hoc del Ciadi, con sede en Washington D.C., Estados Unidos, de rechazar una solicitud de Anulación de Laudo de fecha 7 de febrero del 2005, presentada por las empresas Lucchetti y registrada con el número ARB/03/4.
Esta nueva decisión de la Comisión Ad Hoc pone punto final a esta controversia presentada ante el CIADI, que se inició en 1998 cuando la empresa Lucchetti acudió al Poder Judicial peruano buscando revocar la decisión de la Municipalidad de Lima de suspender la construcción de su fábrica de producción de pastas en un área contigua a la Zona Reservada de Los Pantanos de Villa, por carecer de los permisos legales necesarios.
El favorable resultado del presente Laudo implica, asimismo, que el Estado peruano no pagará a las empresas Lucchetti la compensación de US$150 millones más intereses y costas que éstas reclamaban sobre la base del argumento que la revocación de la licencia de funcionamiento y clausura por parte de la Municipalidad de Lima Metropolitana, de su indicada fábrica, se constituyó en un acto de expropiación.
Fuente: Noticia Local - Agencias
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