El Gobierno Regional de Arequipa prohibió la venta de alcohol metílico para fines de consumo humano y restringió su expendio y comercialización únicamente a locales autorizados.
Mediante la ordenanza regional Nº 015, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, dispuso que los municipios reglamenten las sanciones a quienes incumplan esta prohibición en un plazo de 30 días.
Asimismo decretó que a nivel fiscal y policial se inicien las acciones de control correspondientes en toda la jurisdicción arequipeña.
El 23 de enero del 2002, el gobierno nacional publicó la Ley 27645, que estableció que el alcoholo metílico sólo puede ser comercializado para fines industriales o científicos.
Además penaliza la venta de este producto conociendo o presumiendo su uso para fines de consumo humano con una pena no menor de cuatro ni mayor de ocho años.
A pesar de ello, en Arequipa se observa la ausencia de controles sanitarios, municipales, fiscales y policiales del transporte, comercialización y consumo humano de este tipo de alcohol.
Fuente: Noticia Local - Agencias
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