Lima, 19 / 07 / 2007
El pasado 18 de julio se publicó en el diario oficial El Peruano, el decreto supremo Nº 099-2007-EF que contiene el reglamento de la ley Nº 28938, el cual exonera a las municipalidades distritales del IGV en las obras de saneamiento, pavimentación de pistas y veredas y electrificación.
Esta propuesta fue formulada por las diversas municipalidades y asociaciones regionales y la REMURPE, siendo asumida por el Presidente Alan García, quién promulgó la ley 28938, sin embargo, no se implementó debido a que hasta ahora no se había reglamentado.
Esta norma beneficiará a las municipalidades distritales que obtengan un ingreso proveniente de transferencias de canon y sobrecanon inferiores a un millón y 00/100 nuevos soles anuales; incluyendo a aquellas que no reciban ingresos por dicha fuente de financiamiento; y cuya tasa de pobreza sea superior al quince por ciento, cuya relación esta consignada en la lista que el MEF a elaborado para ese efecto.
Fuente: Noticia Local - Agencias - REMURPE
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