Luego que el Ministerio del
Interior suspendiera la imposición de las fotopapaletas. Es importante que
usted conozca y recuerde los siguientes datos en cuanto a los límites de
velocidad.
a). En Zona Urbana:
1. En calles y jirones: 40
KM/h
2. En avenidas: 60 km/h
3. En vías expresa: 80 km/h
4. En zona escolar: 30 km/h
5. En zona de hospital: 30
km/h
b). En Carreteras:
1. Para automóviles,
camionetas y motocicletas: 100 Km/h.
2. Para vehículos de
servicio público: 90 Km/h.
3. Para casas rodantes
motorizadas: 90 Km/h.
4. Para vehículos de carga:
80 Km/h.
5. Para automotores con casa
rodante acoplada: 80 Km/h.
6. Para vehículos de
transporte de mercancías peligrosas: 70 Km/h.
7. Para vehículos de
transporte público o privado de escolares: 70 Km/h.
c). En Caminos Rurales: 60
Km/h.
Fuente: Noticia Local