El dispositivo legal establece una asignación económica temporal y focalizada que se distribuirá de acuerdo con las características de la flota: S/0.50 por kilómetro para ómnibus, S/0.40 para minibuses y S/0.30 para microbuses. Para el financiamiento de esta subvención, el Ministerio de Economía y Finanzas autorizó una transferencia de S/ 44 millones 177,798 a favor de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), entidad encargada de administrar los fondos, calcular los pagos en dos periodos de 30 días y publicar mensualmente la relación de las empresas beneficiarias. Asimismo, la norma determina que estos recursos poseen carácter intangible, por lo que quedan exentos de cualquier tipo de retención o embargo judicial.
Para acceder a este subsidio, las empresas operadoras deberán cumplir estrictamente con una serie de requisitos técnicos y administrativos fiscalizados por la ATU. Entre las condiciones obligatorias se encuentran poseer una autorización de servicio vigente, mantener el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en estado activo y contar con unidades vehiculares habilitadas que dispongan de sistema de posicionamiento global (GPS), póliza de seguro y el certificado de inspección técnica vehicular al día. Al respecto, el dirigente Héctor Vargas, representante de la Coordinadora de Empresas de Transporte Urbano, precisó que esta subvención no representa un margen de utilidad para las empresas, sino un mecanismo de contingencia para mitigar la crisis y evitar el colapso financiero de un sector donde varias compañías ya han quebrado o se encuentran en vías de hacerlo.
El acuerdo general fue articulado por el ministro de Transportes y Comunicaciones, Aldo Prieto, y el presidente ejecutivo de la ATU, David Hernández, en coordinación con los líderes gremiales Héctor Vargas y Manuel Astorga. Además de la implementación del subsidio por kilómetro, el acta suscrita contempla la creación de dos espacios de trabajo adicionales: la "Mesa 2", orientada a estructurar un plan de rescate económico-financiero integral ante la crisis del sector, y la "Mesa 3", destinada a evaluar beneficios tributarios en coordinación con los sectores competentes. La vigencia del decreto de urgencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026, fecha tras la cual la ATU estará obligada a remitir un informe técnico al Congreso de la República detallando el impacto y los resultados de la medida.
Fuente: Infobae Perú.
