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26 may 2026

Elecciones 2026: Reniec autoriza votar con DNI vencido en la segunda vuelta del 7 de junio

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) emitió la Resolución Jefatural N.º 000057-2026, mediante la cual dispone la prórroga excepcional de la vigencia de los Documentos Nacionales de Identidad (DNI) caducos o próximos a vencer. La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, busca cautelar el derecho al sufragio en la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026. Tras la oficialización de la medida, la jefatura de la entidad registral notificó el dispositivo legal al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), permitiendo que los fiscalizadores y miembros de mesa adecúen los protocolos de votación conforme a sus atribuciones constitucionales.

La vigencia excepcional de los documentos de identidad cuenta con restricciones jurídicas precisas, limitándose de manera exclusiva al acto del sufragio durante la jornada del domingo 7 de junio de 2026. El marco normativo estipula que la habilitación no convalida el uso del DNI vencido para fines civiles, comerciales ni notariales, rigiendo únicamente para la identificación en las urnas bajo los siguientes parámetros técnicos y demográficos:

  • Formatos admitidos: Los electores podrán sufragar presentando el DNI azul, el DNI amarillo o el DNI electrónico en cualquiera de sus versiones tecnológicas producidas (1.0, 2.0 y 3.0).

  • Población electoral hábil: La disposición legal ampara el universo de 27 325 432 ciudadanos inscritos en el padrón electoral consolidado, el cual está integrado por 13 119 593 mujeres y 12 995 026 hombres.

Ausentismo en el recojo de credenciales y contingencias administrativas

A pesar de la flexibilización normativa aprobada para la jornada electoral, la administración del Reniec reportó una significativa brecha logística en la entrega de documentos ya tramitados. Con un corte estadístico al 21 de mayo, la institución constató que existen más de 500 mil DNI de ciudadanos mayores de edad que permanecen almacenados en las agencias, oficinas registrales, centros de Mejor Atención al Ciudadano (MAC), Oficinas Registrales Auxiliares y puntos de atención periféricos a nivel nacional. Ante este escenario, el organismo exhortó a la ciudadanía a acudir por sus credenciales, recordando que el estado de vigencia del DNI es un requisito obligatorio y no prorrogable para la ejecución de transacciones financieras, bancarias, notariales y administrativas en el territorio nacional.

Fuente: Reniec.