15 may 2026

Segunda vuelta 2026: Conoce las multas y sanciones del JNE si no vas a votar este 7 de junio

Tras la reciente culminación oficial del escrutinio al 100% por parte de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), el panorama del balotaje presidencial quedó formalmente definido para el próximo 7 de junio. En un contexto marcado por la polarización y ajustes en las cifras, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que el sufragio en el Perú mantiene su carácter obligatorio para todos los ciudadanos de entre 18 y 69 años. No acudir a las urnas en esta segunda vuelta no solo debilita la participación civil, sino que activa de forma automática sanciones económicas y restricciones administrativas que pueden congelar la gestión de trámites cotidianos de los ciudadanos.

El esquema de sanciones monetarias por omisión al sufragio no es uniforme, sino que se calcula de manera segmentada utilizando como criterio técnico el mapa de pobreza elaborado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y el distrito consignado en el DNI. Las multas oficiales vigentes se dividen en tres escalas: S/ 110 para los residentes en distritos clasificados como "no pobres"; S/ 55 para quienes habitan en zonas catalogadas como "pobres"; y S/ 27.50 para las jurisdicciones de "pobreza extrema". Es fundamental precisar que registrar una multa pendiente de la primera vuelta no impide ejercer el derecho al voto este 7 de junio; sin embargo, de persistir la inasistencia, ambas deudas pecuniarias se acumularán en el historial del elector. Los principales perjuicios administrativos de mantener un saldo deudor con el JNE incluyen:

  • Gestiones Notariales y Bancarias: Bloqueo o dificultades para realizar contratos, minutas, escrituras públicas y ciertas operaciones comerciales o financieras.

  • Trámites Públicos y Judiciales: Restricciones para iniciar procedimientos ante ministerios, municipalidades y limitaciones en el fuero judicial.

  • Inasistencia en Mesas de Sufragio: Una multa adicional e independiente de S/ 275 para los miembros de mesa titulares y suplentes que no asistan a cumplir su función.

Mecanismos de consulta, pago y causales de dispensa legal

Para evitar el impacto de estas sanciones, la legislación prevé la solicitud de una dispensa electoral ante el JNE, siempre que la ausencia se fundamente en motivos de fuerza mayor debidamente acreditados, tales como emergencias médicas, viajes de salud al extranjero, desastres naturales o la pérdida del DNI. Las autoridades electorales informaron que los ciudadanos pueden verificar su estado actual ingresando al portal oficial del JNE (multas.jne.gob.pe), donde se detalla el concepto y monto de cualquier deuda. En caso de registrar una infracción, la regularización se realiza de forma digital a través de la plataforma virtual Págalo.pe del Banco de la Nación, seleccionando la tasa correspondiente al JNE, un paso indispensable para levantar las restricciones y restablecer la plena capacidad civil de cara al próximo periodo gubernamental.

Fuente: Infobae Perú.

No hay comentarios: