El domingo 7 de abril del 2013 el proceso de amparo presentado por el parlamentario Javier Diez Canseco, contra el Congreso de la República por su separación temporal del cargo fue respondido por la Corte Superior de Justicia de Lima. Como dice el documento:
El Juez del Quinto Juzgado Constitucional, impartiendo Justicia en nombre de la Nación, decide:
1. Declarar fundada la demanda de amparo interpuesta por el señor Javier Diez Canseco Cisneros, al haberse acreditado la violación a su derecho de debido proceso y al honor; en consecuencia se declara nulo el informe final N° 13, recaído en el expediente: N° 39-2011-2013/CEP-CR y nula la decisión del Pleno del Congreso de la República que, tras aprobar dicho informe, acordó suspenderlo del cargo por noventa (90) días en el ejercicio de las funciones para las que fue elegido por la ciudadanía para el período legislativo 2011-2016.
2. Reponiendo las cosas al estado anterior a la violación de los derechos constitucionales del actor: se ordena a la Comisión de Ética Parlamentaria, proceda a emitir un nuevo informe final teniendo cuenta lo establecido en la presente sentencia, bajo responsabilidad, y culmine a la brevedad posible con el procedimiento iniciado contra el actor, bajo apercibimiento de aplicarse los apercibimientos establecidos en los artículos 22 y 59 del Código Procesal.
Como se sabe, Javier Diez Canseco fue suspendido (con 53 votos a favor y 31 en contra) por haber presentado el proyecto de ley N° 054/2011 que supuestamente favorecía a su exesposa, Carmen María Montero Checa, y a su hija Lucía Paloma Diez Canseco Montero.
Fuente: Noticia Local - Andina
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