El Tribunal Constitucional ordenó que la remuneración de un profesor principal deba ser igual a la de un vocal de la Corte Suprema de Justicia. Nota relacionada
Según el artículo 53 de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, “los docentes principales a tiempo completo y dedicación exclusiva no tienen derecho a una mejora remunerativa o algún otro beneficio económico por encima del 100% de la remuneración homologada que les corresponde a los docentes principales a tiempo completo”.
El Tribunal ya había declarado el monto del 82% como tope homologatorio para el profesor principal a tiempo completo. Sin embargo, esta medida no satisfacía las exigencias del artículo 53 de la Ley Universitaria, por lo que pasó a declarar inconstitucional dicho monto e integrar el el 100% de la remuneración de un vocal supremo del Poder Judicial.