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15 jul 2010

Aprueban Código de Defensa del Consumidor

La Comisión Permanente del Congreso aprobó este cuerpo legal que contiene beneficios tales como la acumulación de minutos o segundos no consumidos en telefonía fija y en tarjetas celulares, que antes el usuario perdía.

Se ha incorporado también que los proveedores de servicios públicos están obligados a garantizar la continuidad del servicio, lo que significa que en teléfonos, electricidad, agua, gas, GLP si se producen desabastecimientos o interrupciones del servicio imputables a las empresas, éstas deben compensar a los usuarios.

Igualmente, se ha establecido que el Código prevalece sobre cualquier otra norma sectorial, destacando que esto será así en mercados tan importantes como el de servicios públicos y servicios financieros, en donde en el proyecto enviado por el Ejecutivo se disponía lo contrario, propuesta que no prosperó, quedando finalmente lo normado en el Proyecto de Ley de Acción Popular.

Lescano agregó que el Código dispone que los derechos de los consumidores son irrenunciables, lo que impedirá que vuelvan a ocurrir, por ejemplo, abusos tales como que los bancos hagan firmar a los usuarios formularios de contratos donde estos autorizan a que se les embargue el íntegro de sus sueldos.

El también miembro titular de la Comisión de Defensa del Consumidor agregó que si bien el Código aprobado es un avance, queda todavía una amplia agenda para mejorar la protección del consumidor.

Así por ejemplo, las AFP no deben percibir comisiones en los períodos que los fondos de pensiones están en pérdida o tienen rentabilidad negativa: Tampoco debe permitirse los incrementos abusivos de precios (que llegan a más de 300%) en temporada alta en transporte de pasajeros.

Igualmente se debe prohibir que los bancos cobren cargos o comisiones adicionales a la tasa de costo efectivo en tarjetas de crédito, pues con esto se dan tasas leoninas superiores al 200%.

De otro lado, se debe consagrar el derecho de los consumidores a percibir hasta el 25% de las multas que imponga Indecopi al proveedor. “Todos estos derechos están en el Proyecto de Ley de Acción Popular, y oportunamente exigiremos que se incorporen también al Código” concluyó Lescano.

Fuente: Noticia Local - La República

5 mar 2009

Indecopi establece criterio para resolver denuncias por perdida de equipaje

Lima, 05 / 03 / 2009


Ante las constantes denuncias de consumidores contra empresas de transporte terrestre por la pérdida de equipajes, ya sea por robo, accidente o desperfectos del ómnibus, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) estableció recientemente un criterio para calcular la suma de dinero que se debe pagar la empresa de transporte a los pasajeros afectados por este hecho.


El monto se calculará multiplicando la mitad del valor del pasaje por el peso del equipaje. Si la empresa no lo pesó previamente, se tomará en cuenta la carga máxima permitida para cada pasajero.

Por ejemplo: si el valor del pasaje es S/.40 y el equipaje pesaba 5 kilos, se multiplica 20 (valor de la mitad del pasaje) x 5 (peso del equipaje) Así, la empresa de transporte pagará al afectado la suma de S/.100.


Este criterio se estableció ante la falta de un marco legal para determinar el monto de reemplazo del equipaje perdido en el servicio de transporte terrestre. Anteriormente, para determinar este monto se tomaba como referencia las normas de transporte aéreo, establecidas en el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil. El Tribunal del INDECOPI decidió aplicar un criterio distinto que responda a la realidad y características del transporte terrestre.


Hasta la fecha, el INDECOPI resolvió cinco denuncias de consumidores en base al nuevo criterio, que entró en vigencia el pasado 27 de enero. Estas denuncias fueron presentadas contra “Transportes Murga Serrano”, “Transportes Turísticos Olano”, “Corporación Súper Latino”, “Expreso Turismo San Martín” y “Transportes El Pino”.


Adicionalmente, el INDECOPI impuso multas entre S/.3 550,00 y S/.7 100,00 a dichas empresas, ya que se comprobó que no adoptaron las medidas de seguridad correspondientes para proteger el equipaje de sus pasajeros


Fuente: Oficina de Comunicaciones de Indecopi

10 nov 2008

Impulsarán creación de Oficinas de Defensa del Consumidor en municipalidades

Lima, 10 / 11 / 2008

Con charlas educativas y seminarios, la Asociación de Municipalidades del Perú (Ampe) impulsará la creación de Oficinas de Defensa al Consumidor en los 1,832 municipios del país, con el fin de proteger los derechos de los vecinos y responder de manera organizada a eventuales emergencias.
Así lo indicó el presidente de la Ampe, César Acuña Peralta, quien dijo que a partir del 28 de noviembre se expondrán los alcances y beneficios que tendrá para las comunas la implementación de esta oficina.
Manifestó que el objetivo es que todas las municipalidades se encuentren interconectadas para responder en conjunto a las alertas que podrían vulnerar los derechos de los consumidores o atentar contra la salud de la población.
Acuña, en representación del Ampe, suscribió un convenio de cooperación interinstitucional con la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), que preside Jaime Delgado. Éste último señaló que en el país más del 80 por ciento de la población no tiene acceso al sistema de protección del consumidor.
Manifestó que este sistema debería ampliarse a nivel nacional a través de la creación de oficinas especializadas en la materia, dentro del organigrama en los gobiernos locales.

Fuente: Noticia Local - Agencias