Mediante resolución publicada esta tarde, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones confirmó la decisión del Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Este, que declaró fundada la tacha presentada contra Carlos José Burgos Horna, candidato al cargo de alcalde para la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, por Solidaridad Nacional.
El Supremo Tribunal Electoral consideró que no existía mayor controversia respecto al hecho de que dicho candidato hubiera estudiado en la Institución Educativa Nuestra Señora del Carmen, de Huaura, sino en el hecho de que hubiera consignado que concluyó sus estudios en 1982.
A juicio del órgano colegiado, existían en el expediente documentos que permitían acreditar que el candidato en cuestión concluyó en el año 2013, luego de rendir exámenes por omisión de grado, y no en 1982, como consignaba en su declaración jurada de vida.
Con relación al argumento del candidato Burgos Horna, respecto de que no podía declararse fundada la tacha porque existía un proceso penal en trámite, por los mismos hechos, el Jurado Nacional de Elecciones señaló que los bienes jurídicos que cautela la jurisdicción penal son distintos de aquellos que se procura proteger en el marco de un proceso electoral, tanto así que la propia Ley de Partidos Políticos legitima la exclusión de candidatos, sin perjuicio de que se formulen las denuncias a las que hubiese lugar.
Fuente: Prensa Jurado Nacional de Elecciones
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