Lima, 21 / 05 / 2007
Con la Ley de Promoción para la Fusión voluntaria de Municipios Distritales, las municipalidades que resulten de esta unión recibirán un incentivo especial de hasta el 10% de los recursos totales del Fondo de Compensación Municipal (Foncomun).
Así lo señala el dispositivo legal, publicado en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, mediante el cual la municipalidad fusionada también recibirá la suma de los presupuestos individuales del Foncomun de los distritos previos a la fusión y el 50% de esa suma, la cual se otorgará por un periodo de 15 años.
Del total del incentivo –precisa el documento– al menos la mitad será utilizada exclusivamente como gastos de capital y el 20% como gastos de mantenimiento y estudios de preinversión a nivel de perfil.
Para que se aplique el incentivo, la población conjunta de los distritos que se fusionen no deberá exceder de ocho mil habitantes en caso de que fueran dos los municipios, o de doce mil habitantes en caso de tratarse de tres municipios.
Fuente: Noticia Local - Agencias
No hay comentarios:
Publicar un comentario