San Martín de Porres, 18 / 05 / 2007
Que la norma se cumpla. La municipalidad de San Martín de Porres prohibió la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad en ese distrito y estableció que sólo se permitirá el expendio a los adultos en locales autorizados hasta las 23:00 horas.
Sin embargo, excepcionalmente se permitirá la venta de licor hasta las 03:00 horas del día siguiente para locales comerciales tales como bares, peñas, restaurantes, cabarets, cafés, casinos, tragamonedas, karaokes, pubs y cualquier otro establecimiento similar que expenda licor.
Indica que los establecimientos prohibidos de vender bebidas alcohólicas son restaurantes de comida al paso, salones de té, cafeterías, fuentes de soda, heladerías, salas de bingo, tragamonedas, cines, teatros, mercados de abasto, galerías comerciales, entre otros.
A los infractores de lo dispuesto en la presente ordenanza municipal se les aplicará inmediatamente una multa de mil 725 nuevos soles, equivalente al 50 por ciento de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), además de la clausura temporal del establecimiento, decomiso y retiro de las bebidas alcohólicas.
Que la norma se cumpla. La municipalidad de San Martín de Porres prohibió la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad en ese distrito y estableció que sólo se permitirá el expendio a los adultos en locales autorizados hasta las 23:00 horas.
Sin embargo, excepcionalmente se permitirá la venta de licor hasta las 03:00 horas del día siguiente para locales comerciales tales como bares, peñas, restaurantes, cabarets, cafés, casinos, tragamonedas, karaokes, pubs y cualquier otro establecimiento similar que expenda licor.
Indica que los establecimientos prohibidos de vender bebidas alcohólicas son restaurantes de comida al paso, salones de té, cafeterías, fuentes de soda, heladerías, salas de bingo, tragamonedas, cines, teatros, mercados de abasto, galerías comerciales, entre otros.
A los infractores de lo dispuesto en la presente ordenanza municipal se les aplicará inmediatamente una multa de mil 725 nuevos soles, equivalente al 50 por ciento de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), además de la clausura temporal del establecimiento, decomiso y retiro de las bebidas alcohólicas.
Fuente: Noticia Local - Agencias
No hay comentarios:
Publicar un comentario