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22 abr 2026

Precedente en Protección al Consumidor: Indecopi impone multa de S/ 1.1 millones por llamadas comerciales no autorizadas

En un fallo que redefine los límites de la prospección comercial en el Perú, la Comisión de Protección al Consumidor N°3 del Indecopi impuso una multa de 202.96 UIT (S/ 1,116,280) a Scotiabank Perú S.A.A. La sanción, emitida en primera instancia administrativa, responde a la vulneración sistemática del Código de Protección y Defensa del Consumidor, tras acreditarse que la entidad financiera realizó comunicaciones comerciales sin contar con el consentimiento previo, informado y expreso de los usuarios. Esta resolución destaca por el uso de inteligencia artificial y ciencia de datos en la etapa de fiscalización, herramientas que permitieron procesar masivamente audios de llamadas y confirmar la ausencia de autorizaciones legales para dichas prospecciones.

El caso marca el inicio de una fiscalización de espectro amplio, ya que el Indecopi mantiene procedimientos sancionadores en curso contra otros actores clave del mercado, incluyendo al BCP, Interbank, Santander Consumer, Oncosalud, Interseguro y Claro. La rigurosidad de estas investigaciones subraya un cambio en la estrategia de supervisión estatal: el paso de la revisión reactiva a la vigilancia tecnológica proactiva. Cabe precisar que la sanción contra Scotiabank es apelable; de presentarse el recurso, la Sala Especializada en Protección al Consumidor —última instancia administrativa— será la encargada de ratificar o rectificar este millonario correctivo que busca frenar el acoso telefónico sistemático.

Esta medida no solo actúa como un mecanismo punitivo, sino como una advertencia de cumplimiento (compliance) para el sector corporativo nacional. La privacidad del consumidor ya no es un elemento negociable, sino un activo protegido por algoritmos de fiscalización que permiten al Estado auditar miles de interacciones en tiempo real. Para las empresas, el mensaje es inequívoco: el uso de bases de datos para fines comerciales sin una trazabilidad clara del consentimiento constituye hoy un riesgo reputacional y financiero de alta magnitud. La transparencia y el respeto a la intimidad del usuario se consolidan así como los ejes fundamentales de la nueva ética de mercado en el país.