Lima, 29 / 02 / 2008
El Tribunal Constitucional (TC) revocó el proceso de amparo presentado por Sedapal en el caso de la multa por contaminar el mar de San Miguel, y ordenó al juzgado Mixto del Módulo Básico de El Agustino que admita a trámite la demanda sobre este caso presentada por dicha empresa de saneamiento, para una mejor valoración de los hechos.
En sus fundamentos, el Tribunal señala que el Juzgado Mixto del Módulo Básico declaró improcedente liminarmente (sin siquiera revisar) la demanda presentada por Sedapal.
En dicha demanda, Sedapal solicitaba al juzgado que se deje sin efecto la ordenanza municipal de San Miguel, que multaba con un millón de dólares a dicha empresa de saneamiento por contaminar el mar a través del colector Costanero.
“Como puede verse en autos, en el presente caso, la recurrente (Sedapal) solicita la suspensión de los efectos de una ordenanza municipal, por lo que se trata de un proceso de amparo contra una norma de rango legal, supuesto que, en principio, no ha sido negado por el Colegiado del TC, estableciéndose una serie de criterios que debieran analizarse antes de rechazar de plano la demanda, como ha ocurrido en este caso”, refirió.
No obstante, que lo que está en juego como telón de fondo son complejos derechos relacionados al medio ambiente, la calidad de vida y los denominados derechos difusos o colectivos, los mismos que constituyen legítimos intereses que la población reclama su protección, añade el TC en una nota de prensa.
Por ello, añade, este Colegiado considera que para una mejor y más prudente valoración de las supuestas afectaciones a los derechos de la recurrente, así como para permitir que la entidad emplazada pueda ofrecer sus argumentos de descargo, resulta necesaria la admisión de la demanda por parte del juzgado en mención.
Fuente: Noticia Local - Agencias
Fuente: Noticia Local - Agencias