Tribunal Fiscal tendrá un plazo de 15 días para resolver la apelación de la empresa española. Hasta ahora el monto de la deuda llega a S/. 2.300 millones.
Recientemente el Octavo Juzgado Transitorio en lo Contencioso Administrativo ordenó a la Sunat abstenerse de cobrar a Telefónica del Perú (TdP) casi el 70% de la deuda tributaria de S/.1.600 millones que la empresa debe por las acotaciones del 2000 y 2001, pero desde la administración tributaria se reafirman en que les asiste la razón.
Fuentes de la Sunat explicaron que la deducción por carga financiera (41,6% de la deuda) y las provisiones por cobranza dudosa (25,4%), que son las dos principales acotaciones que se le cobran a TdP, están “bien sustentadas”.
En el primer caso, indicaron que la empresa no pudo acreditar para qué se requerían los préstamos, pues los ingresos de Telefónica del Perú eran superiores a los egresos, según comprobó la Sunat.
Asimismo, señalaron que la empresa pretende justificar estos préstamos solo con el Estado de Flujo de Efectivo, el cual no acredita los ingresos sino anualmente, lo que hace imposible la verificación del destino del dinero ingresado.
Según las fuentes, el grupo utilizó a la compañía más grande para conseguir préstamos bancarios a mejores tasas de interés, pero el dinero se destinó a las empresas satélites como es el caso de Movistar que por esos años presentaba déficit.
Por el lado de las provisiones por cobranza dudosa señalaron que Telefónica presentó un porcentaje de sus clientes como deudores fantasmas, pero luego la Sunat comprobó en una muestra aleatoria que muchos de esos deudores sí pagaron con posterioridad sus cuentas, ingresos por los que la empresa ya no pagó el Impuesto a la Renta (IR).
Además puntualizaron que si bien se le puede reconocer el sistema de cobranza, TdP no cumplió con acreditar la dificultad financiera ni personalizar la identidad de los clientes impagos, incumpliendo lo que dicta la Ley de Renta.
De este modo, solo cumplió con una parte del proceso. Finalmente señalaron que sí se incluyó en la sumatoria de S/. 2. 300 millones los pagos en exceso que hizo Telefónica en 1998 por concepto del pago del Impuesto a la Renta. Para finalizar la vía administrativa, Sunat deberá elevar al Tribunal Fiscal la apelación de Telefónica, y este en 15 días deberá resolver el proceso.
Evalúan otras deudas de TdP
1] Además de las acotaciones de 2000-2001, el Tribunal Fiscal evalúa acotaciones presentadas por la Sunat por S/. 1.377 millones del periodo 2002-2005. Las deudas del periodo 2000-2001 también corresponden a sustentación de gastos por alquiler de espacios en bodegas para colocar los teléfonos monederos y reorganización simple.
2]En los próximos días la Sunat recusará la medida cautelar emitida por el titular del Octavo Juzgado Contencioso Administrativo, Carlos Cueva Andaviza, que impide al Estado peruano cobrar la deuda a la empresa española hasta que no se resuelvan los reparos presentados por Telefónica.
Fuentes de la Sunat explicaron que la deducción por carga financiera (41,6% de la deuda) y las provisiones por cobranza dudosa (25,4%), que son las dos principales acotaciones que se le cobran a TdP, están “bien sustentadas”.
En el primer caso, indicaron que la empresa no pudo acreditar para qué se requerían los préstamos, pues los ingresos de Telefónica del Perú eran superiores a los egresos, según comprobó la Sunat.
Asimismo, señalaron que la empresa pretende justificar estos préstamos solo con el Estado de Flujo de Efectivo, el cual no acredita los ingresos sino anualmente, lo que hace imposible la verificación del destino del dinero ingresado.
Según las fuentes, el grupo utilizó a la compañía más grande para conseguir préstamos bancarios a mejores tasas de interés, pero el dinero se destinó a las empresas satélites como es el caso de Movistar que por esos años presentaba déficit.
Por el lado de las provisiones por cobranza dudosa señalaron que Telefónica presentó un porcentaje de sus clientes como deudores fantasmas, pero luego la Sunat comprobó en una muestra aleatoria que muchos de esos deudores sí pagaron con posterioridad sus cuentas, ingresos por los que la empresa ya no pagó el Impuesto a la Renta (IR).
Además puntualizaron que si bien se le puede reconocer el sistema de cobranza, TdP no cumplió con acreditar la dificultad financiera ni personalizar la identidad de los clientes impagos, incumpliendo lo que dicta la Ley de Renta.
De este modo, solo cumplió con una parte del proceso. Finalmente señalaron que sí se incluyó en la sumatoria de S/. 2. 300 millones los pagos en exceso que hizo Telefónica en 1998 por concepto del pago del Impuesto a la Renta. Para finalizar la vía administrativa, Sunat deberá elevar al Tribunal Fiscal la apelación de Telefónica, y este en 15 días deberá resolver el proceso.
Evalúan otras deudas de TdP
1] Además de las acotaciones de 2000-2001, el Tribunal Fiscal evalúa acotaciones presentadas por la Sunat por S/. 1.377 millones del periodo 2002-2005. Las deudas del periodo 2000-2001 también corresponden a sustentación de gastos por alquiler de espacios en bodegas para colocar los teléfonos monederos y reorganización simple.
2]En los próximos días la Sunat recusará la medida cautelar emitida por el titular del Octavo Juzgado Contencioso Administrativo, Carlos Cueva Andaviza, que impide al Estado peruano cobrar la deuda a la empresa española hasta que no se resuelvan los reparos presentados por Telefónica.
Fuente: Noticia Local - La República