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9 jun 2026

Fonavi 2026: Conoce las fechas del Reintegro 6 en agosto y la Lista 23 en diciembre

Fonavi 2026: Conoce las fechas del Reintegro 6 en agosto y la Lista 23 en diciembre
¿Pensabas que la Lista 23 era el próximo paso en el calendario del Fonavi? Te equivocas. Tras encenderse las alarmas por la falta de presupuesto para el resto del año, una reciente victoria de la Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf Perú) logró activar el cumplimiento del Artículo 14 de la Ley de Presupuesto 2026. Esta inyección de dinero, gestionada entre el Banco de Materiales (Banmat) y el Tesoro Público, cambia las reglas del juego a corto plazo y asegura el financiamiento de las siguientes devoluciones en el Banco de la Nación, dejando la responsabilidad de la rapidez en manos de un Banmat bajo la estricta vigilancia de los aportantes para evitar trabas burocráticas.

El verdadero cronograma: Agosto en la mira

La gran sorpresa de este nuevo hito es que el siguiente desembolso en la fila no pertenece a los nuevos beneficiarios, sino al Reintegro 6, programado tentativamente para agosto de 2026. Aunque los detalles específicos de este padrón están pendientes de confirmación oficial, la estructura histórica de estos grupos determina que estará dirigido exclusivamente a fonavistas que ya cobraron un monto parcial en las listas de la 1 a la 19. Por su parte, quienes esperan la Lista 23 deberán aguardar hasta diciembre de este año, mes en el que se priorizará a un padrón completamente nuevo de personas que jamás han recibido un sol del extinto fondo de vivienda.

Fechas clave y estado de las devoluciones 2026

  • Reintegro 5 (Ya pagado en mayo): Activado desde el jueves 14 de mayo para casi 70 mil exfonavistas de 67 años a más (y herederos de fallecidos de 88 años a más), con un desembolso de más de S/ 260 millones.

  • Reintegro 6 (Agosto 2026): Destinado a beneficiarios de las listas 1 a la 19. El presupuesto está asegurado a falta de unos últimos pasos regulatorios.

  • Lista 23 (Diciembre 2026): Financiamiento totalmente garantizado para integrar a nuevos exfonavistas que no han recibido pagos anteriores.

Fuente: Infobae Perú.

14 may 2026

Fonavi 2026: Conoce los requisitos y plazos para que herederos cobren aportes de fallecidos

Fonavi 2026: Conoce los requisitos y plazos para que herederos cobren aportes de fallecidos
El proceso de devolución de aportes al desaparecido Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) contempla un mecanismo específico para que los deudos de los aportantes fallecidos accedan a los recursos económicos pendientes. Según la normativa vigente bajo la Ley 29625, el derecho de cobro no se extingue con el deceso del titular, sino que se traslada a sus herederos previa acreditación ante la Comisión Ad Hoc. No obstante, el inicio de cualquier gestión administrativa está condicionado a una verificación obligatoria: el nombre del exfonavista debe figurar en el Padrón Nacional de Fonavistas. Los beneficiarios pueden realizar esta consulta a través de la central telefónica (640-8655), los módulos MAC o el portal oficial de la Secretaría Técnica.

Para formalizar la solicitud ante el Banco de la Nación, el heredero debe presentar una Declaración Jurada de Beneficiario, documento donde se consigna bajo juramento la prioridad de su derecho y la existencia de otros parientes con igual jerarquía legal. Este expediente debe estar acompañado de la partida de defunción original (con una antigüedad máxima de 30 días) y el DNI vigente del solicitante. La rigurosidad en la vigencia de los documentos es un factor determinante, pues la entidad bancaria rechaza cualquier certificación que exceda los plazos de expedición establecidos por el Reniec o las municipalidades.

La estructura de los requisitos documentales se segmenta en dos grandes niveles, dependiendo del monto acumulado por el titular:

  • Hasta 4 UIT: El trámite es simplificado y requiere partidas de matrimonio (para viudos), certificados de unión de hecho en Sunarp (para convivientes) o actas de nacimiento (para hijos y padres).

  • Superiores a 4 UIT: Se exige obligatoriamente la presentación del acta notarial de sucesión intestada o el testimonio de testamento, debidamente inscritos en los Registros Públicos.

  • Plazos Críticos: Los certificados literales de Sunarp para sucesiones tienen una validez de solo 10 días hábiles en Lima y 15 en provincias.

Finalmente, el sistema de pagos otorga prioridad escalonada, situando en primer orden al cónyuge o conviviente, seguido por los hijos, los padres y, finalmente, los hermanos. En ausencia de todos los anteriores, podrán reclamar el beneficio quienes acrediten ser herederos mediante sucesión intestada o testamento. Este procedimiento busca garantizar que el reembolso llegue a quienes efectivamente poseen la titularidad del derecho sucesorio, evitando duplicidades o cobros indebidos en una operación que, más allá de lo económico, representa la restitución de un ahorro previsional histórico para miles de familias peruanas.

12 may 2026

Fonavi Reintegro 5: Consulta si cobras desde el 14 de mayo. Revisa aquí el padrón y requisitos

Fonavi Reintegro 5: Consulta si cobras desde el 14 de mayo. Revisa aquí el padrón y requisitos
Fonavi 2026: El Reintegro 5 ya tiene fecha y así puedes asegurar tu cobro

¿Cuántas veces una espera de años se resume en una fecha en el calendario? Para 66,644 exaportantes, ese día es el 14 de mayo. La Comisión Ad Hoc acaba de oficializar el Quinto Grupo de Reintegro, una medida que no solo inyecta S/222 millones a la economía familiar de miles de peruanos, sino que representa un paso firme en la devolución de aportes para quienes dedicaron décadas de esfuerzo al país. Publicada en el diario El Peruano, esta resolución activa el cronograma de pagos en el Banco de la Nación para aquellos que pertenecieron a los grupos del 1 al 19 y que ahora recibirán un ajuste justo en sus cuentas.

¿Quiénes tienen la prioridad en este padrón?

En un esfuerzo por humanizar la gestión pública, el Reintegro 5 pone el foco en los sectores más vulnerables. La estrategia es clara: proteger a quienes más lo necesitan mediante criterios de edad y salud. Los grupos priorizados incluyen:

  • Adultos mayores: Exaportantes vivos con 67 años o más (al 31 de mayo de 2026).

  • Herederos: Familiares de fonavistas fallecidos que habrían cumplido 88 años a la fecha.

  • Salud y Discapacidad: Personas registradas en el Conadis, pensionistas por invalidez de la ONP y ciudadanos con enfermedades graves debidamente acreditadas.

Montos y garantías: Lo que llegará a tu bolsillo

La transparencia es el eje de este proceso. La normativa establece un monto mínimo de S/40 (permitiendo que quienes reciban menos sigan acreditando aportes a futuro) y un techo máximo que puede alcanzar los S/6,680, según los cálculos de la Asociación de Fonavistas. Para verificar si eres parte de esta nueva ola de beneficiarios, solo necesitas tu DNI y acceder a los portales oficiales (www.fonavi-st.gob.pe). Allí podrás consultar el padrón y descargar tu CERAD, el certificado digital que garantiza tus derechos y detalla cada sol reconocido de tu historia laboral.

Pasos finales para el cobro seguro

A partir del jueves 14 de mayo, las ventanillas del Banco de la Nación estarán habilitadas en todo el territorio nacional para efectuar los pagos. Es vital recordar que este proceso también ampara a los herederos legales bajo la Ley Nº 31928, asegurando que el beneficio llegue a la familia incluso si el titular ya no está presente. Si bien este es un pago parcial, la puerta queda abierta: si logras acreditar más aportes en el futuro, los reintegros continuarán. Mantente informado, verifica tus datos y no dejes pasar el derecho que, por ley y esfuerzo, te corresponde.

Fuente: La República.



4 may 2026

Reintegro 5 del Fonavi: consulta si eres beneficiario y conoce las fechas de pago desde este 14 de mayo

Justicia para los aportantes: El Reintegro 5 inicia su despliegue nacional

¿Es posible que tras décadas de espera, 70 mil peruanos finalmente vean el retorno de sus esfuerzos? Este jueves 14 de mayo, el proceso de devolución del Fonavi escribe un nuevo capítulo con el inicio del Reintegro 5, una movilización económica que pondrá en circulación más de 260 millones de soles. Tras superar retrasos administrativos por la ausencia de representantes del Ejecutivo en la Comisión Ad Hoc, el Banco de la Nación se prepara para recibir a una generación que ve en este pago no solo una cifra, sino un reconocimiento a años de trabajo. La logística, afinada tras las experiencias de los cuatro reintegros anteriores, busca que el proceso sea tan ágil como digno para los adultos mayores y sus herederos.

Los elegidos de mayo: ¿Quiénes integran este nuevo padrón?

A diferencia de las listas generales, los grupos de reintegro funcionan como un "embudo" de justicia social que prioriza la vulnerabilidad y la edad. Para este quinto grupo, el beneficio está reservado exclusivamente para los exfonavistas de 67 años a más (que no hayan estado en reintegros previos) y para los herederos de exaportantes fallecidos que hubieran cumplido 88 años o más al 31 de mayo de 2026. El padrón oficial se ratificará este 7 de mayo, activando de inmediato la plataforma de consulta virtual donde, con solo ingresar el DNI y resolver un captcha, los beneficiarios podrán confirmar su inclusión antes de acudir a las ventanillas.

Hoja de ruta para el cobro y cronograma:

  • Inicio de pagos: Jueves 14 de mayo a través de todas las agencias del Banco de la Nación.

  • Modalidad de atención: Se aplicará un cronograma basado estrictamente en el último dígito del DNI para garantizar el orden y la seguridad.

  • Plataforma de consulta: El estado de beneficiario se verificará en la web oficial fonavi-st.gob.pe.

  • Futuros pagos: La maquinaria no se detiene; ya se proyecta el Reintegro 6 para agosto y la esperada Lista 23 para diciembre de este año.

Este desembolso es una pieza clave en el rompecabezas de la devolución total, un proceso que ha cobrado velocidad gracias al cumplimiento de la Ley de Presupuesto 2026. Para aquellos que aún tienen dudas, es vital recordar que las Listas 1 a la 19 aún tienen montos pendientes de cobro disponibles en el Banco de la Nación. En esencia, el Reintegro 5 no solo inyecta liquidez a la economía familiar de miles de adultos mayores, sino que consolida un sistema de devolución que, pese a los obstáculos burocráticos, avanza con un presupuesto asegurado hacia el cierre de brechas de una de las deudas sociales más largas de nuestra historia.

Fuente: Infobae

19 dic 2025

Herederos del Fonavi: Conoce cuándo y cómo cobrar la devolución

El proceso de devolución de aportes del Fonavi dio un paso clave con el inicio del pago de la lista 22, que beneficia a unas 31,800 personas mediante un desembolso de 102 millones de soles. Los herederos de fonavistas fallecidos podrán iniciar sus trámites de cobro a partir del 29 de diciembre en cualquiera de las más de 550 agencias del Banco de la Nación a nivel nacional. Las autoridades recomendaron a los familiares acudir con la documentación que acredite su condición para agilizar el proceso y evitar aglomeraciones.

La Secretaría Técnica del Fonavi exhortó a los beneficiarios a verificar si integran este grupo antes de acudir al banco para evitar desplazamientos innecesarios. La consulta es gratuita y se realiza de forma virtual ingresando el DNI del titular en su plataforma web. Este grupo de pago se caracteriza por no tener rango de edad e incluye a 633 personas con atención preferente (con discapacidad o enfermedades graves) y a unas 9,700 mujeres, consolidando un padrón diverso de exaportantes.

Por su parte, el Banco de la Nación instó a los usuarios a no aceptar ayuda de extraños ni compartir claves personales durante el cobro para prevenir estafas. Se recordó que los pagos continuarán con futuros grupos de reintegro según lo determine la Comisión Ad Hoc. Los voceros subrayaron que no es necesario acudir a una oficina principal, ya que el trámite puede realizarse en cualquier sede de la red de agencias del país.



7 nov 2025

Fonavi anuncia la Lista 22: Pago en diciembre de 2025 enfocado en adultos mayores de 65 años que nunca cobraron

La Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf Perú) anunció, a través de su vocero Jorge Milla, la activación de un grupo de pago inédito para miles de exaportantes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). Este nuevo listado, denominado Lista 22, ha sido aprobado por la Comisión Ad Hoc y se ha convertido en el segundo objetivo del proceso de devolución de la deuda histórica. La Secretaría Técnica del Fonavi ya se encuentra preparando los lineamientos, el padrón y el proceso regular de pago para este grupo, proyectando que la devolución se extienda hasta el año 2025.

Según detalló Jorge Milla, la Lista 22 está dirigida a dos grupos principales de adultos mayores: aquellos fonavistas que nunca han realizado un cobro y que, a la fecha, son mayores de 65 años. En el caso de los titulares fallecidos, se incluirá a aquellas personas que tuvieron 80 años a más. Se estima que este grupo de beneficiarios, que será minoritario en comparación con el Reintegro 4, incluirá a un promedio de 40.000 a 60.000 fonavistas, incluyendo a los fallecidos.

Respecto a la fecha de pago, el vocero de la Fenaf Perú enfatizó que la distribución del dinero a los fonavistas de la Lista 22 podría realizarse en el mes de diciembre de 2025, específicamente entre la tercera y cuarta semana. Los beneficiarios incluidos en este padrón deberán acercarse a las agencias del Banco de la Nación portando su DNI para hacer efectivo el cobro de la devolución de sus aportes. La Secretaría Técnica del Fonavi, además, mantiene activa su plataforma virtual gratuita (https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic3/) para que los exaportantes realicen sus consultas sobre su inclusión en el padrón.

Fuente: La República

25 ago 2025

Fonavi: Reanudan pagos del Reintegro 4 a partir del 28 de agosto

El Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) reanudará el pago de aportes para el cuarto grupo de reintegro (Reintegro 4), con fecha de inicio el próximo 28 de agosto. Según declaraciones de Jorge Milla, representante de la Fenaf - Perú, se estima que 73,739 exaportantes podrán acceder a este nuevo padrón. Para consultar si están incluidos en la lista, los beneficiarios podrán verificar a través de un enlace oficial que habilitará la Secretaría Técnica del Fonavi, tal como se ha hecho en pagos anteriores.

¿Quiénes son los beneficiarios y cómo pueden consultar?

Este grupo de beneficiarios está compuesto por adultos mayores de 68 años que no han recibido ningún pago de listas o grupos de reintegro previos. También se incluyen los herederos de fonavistas fallecidos, quienes podrán realizar la consulta con el DNI del titular y cobrar el monto correspondiente. Para saber si forman parte de la lista, los interesados deberán esperar a que se oficialice el pago en el diario El Peruano y luego ingresar su número de DNI en el enlace de consulta oficial, el cual aún no está habilitado, pero será de uso obligatorio.

Proceso de cobro en el Banco de la Nación

Una vez verificada su inclusión en el padrón del Reintegro 4, los beneficiarios deberán acercarse con su DNI a cualquiera de las oficinas del Banco de la Nación. Al llegar, deberán informar que son beneficiarios de este nuevo grupo de reintegro para proceder con el cobro. Este proceso es aplicable tanto para los fonavistas vivos como para los herederos de aquellos que ya fallecieron.

Fuente: La República

8 ene 2008

TC ratifica validez de sentencia en caso Fonavi

Lima, 08 / 01 / 2008

La Ley como doctrina. El Tribunal Constitucional (TC) emitió un nuevo fallo en el que se reitera la validez de su anterior sentencia sobre el caso Fonavi, aunque con algunas precisiones, y declara “nulo de pleno derecho” la resolución del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que la rechazó al considerarla inaplicable.

En esta segunda resolución se precisa que el anterior fallo, que autoriza la realización de un referéndum para consultar la devolución de aportes a dicho fondo, “debe ser acatado y ejecutado” conforme al artículo 22º del Código Procesal Constitucional.
Aunque la nueva sentencia del TC declara improcedente una nueva demanda formulada por la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú-Tarma, reiteró en ella que la anterior tiene que ser cumplida.
“Esto quiere decir que las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional a las que se ha hecho referencia, deben ser ejecutadas por el juez de la demanda, lo que, sin embargo, no ha ocurrido”, indica el TC, en un comunicado.
El JNE declaró inaplicable, recientemente, la primera sentencia del TC al considerar que es contrario a la Constitución convocar a un referéndum sobre aspectos tributarios, como lo son –según su punto de vista- los aportes al Fonavi.
El TC sostiene que el ente electoral, con esa resolución, habría “desnaturalizado el procedimiento predeterminado por ley, arrogándose una competencia que no tiene”.
“En consecuencia, corresponde al juez ejecutor requerir al JNE para que dicte la respectiva resolución conforme a lo resuelto por el TC y, de ser el caso, el JNE admita la iniciativa legislativa para su sometimiento a referéndum”, señala este último fallo del organismo constitucional.
Agrega que será el órgano competente el que convoque el referéndum en el tiempo, condición y modo necesario de acuerdo a lo señalado en la Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadanos.

Fuente: Noticia Local - Agencias