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31 dic 2013

Sancionarán con más de S/. 500 a quienes quemen muñecos en Concepción

Para prevenir problemas de salud y daños urbanísticos, la Municipalidad Provincial de Concepción, en la región Junín, aplicará una multa de 547 soles a quienes quemen muñecos, llantas, artículos pirotécnicos y otros elementos contaminantes en esa jurisdicción durante las fiestas de Año Nuevo. 

Dicha entidad explicó que la ordenanza municipal 016 del reglamento de saneamiento y medio ambiente establece una multa equivalente al 15 por ciento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) a quienes incumplan la norma.

Para tal efecto, el Concejo Municipal ha encargado a las gerencias Municipal, Rentas, Ambiental, Desarrollo Urbano y Rural, Desarrollo Económico y Social, con el área de seguridad ciudadana y en coordinación con la Policía Nacional, el cumplimiento estricto de la presente ordenanza.

Con esta medida se espera sensibilizar a los vecinos y evitar que se desencadene una tragedia, toda vez que estos objetos son hechos muchas veces con materiales inflamables, a los que se agrega productos pirotécnicos.

Se exhortó a los ciudadanos para que tomen en cuenta que al quemar un muñeco en la calle se genera contaminación ambiental, dado que en la combustión de materiales inflamables se emite grandes cantidades de monóxido de carbono y otros gases tóxicos.

Además, daña considerablemente el asfalto, concreto o cualquier superficie donde se coloque o incendie el muñeco, al arder durante muchas horas, lo que deja, en estos casos, verdaderas bombas de tiempo en plena vía pública.

Fuente: Noticia Local - Andina

29 oct 2013

Indecopi ordena suspender regalías a favor de consejo directivo de Apdayc

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ordenó, mediante medida cautelar, suspender la distribución de regalías a favor de los miembros del consejo directivo de la Asociación Peruana de Autores y Compositores (Apdayc).

Como consecuencia de esta medida, añade la institución, Apdayc deberá suspender el reparto de las regalías correspondientes a José Eloy Escajadillo Farro, Armando Joaquín Massé Fernández, Abdón Marino Valencia Garay, Julio Samuel Andrade Ríos, Venturo Moreira Mercado, Franklin Domingo Cabrejos Bermejo y Walter Fuentes Barriga.

De no cumplir, la sociedad de gestión colectiva sería sancionada con una multa de hasta 180 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 666 mil nuevos soles, agrega Indecopi en una nota de prensa emitida esta mañana.

La Comisión de Derecho de Autor del Indecopi aprobó la medida cautelar luego de verificar que miembros del Consejo Directivo de Apdayc han recibido regalías provenientes de los rubros “dinero sin planilla”, así como del denominado “fondo de contingencia”, por conciertos realizados en el extranjero.

Sin embargo, en aplicación a la legislación, no se permitiría pagar regalías por actividades realizadas en otros países, con el fondo recaudado en el Perú.

Ante esta situación, la comisión concluye que existe el riesgo de que la distribución no se esté realizando en base a lo establecido por la legislación aplicable.

La investigación de oficio de Indecopi contra Apdayc comenzó a inicios de octubre, por presunta infracción a la Ley de Derecho de Autor, al no aplicar un reparto equitativo de las regalías que administra entre los titulares de derechos pertenecientes a esa asociación.

Fuente: Noticia Local - Agencias

4 feb 2010

Sancionarán con trabajos comunitarios a malos carnavaleros

Las personas que, durante los carnavales, mojen a terceros sin su consentimiento podrían ser sancionadas con trabajos comunitarios, al atentar contra el derecho a la libertad, advirtió hoy la Policía Nacional, que advirtió que cinco mil efectivos darán seguridad en dicha celebración.

Según el jefe de la VII Dirección Territorial de la Policía (Dirtepol), Jorge Luis Guerrero, obligar a una persona a participar de los carnavales en contra de su voluntad constituye una falta cuya sanción contempla ese castigo, e incluso implica trasladar al agresor hasta la comisaría.

“Cuando uno no quiere participar de ese juego y lo están obligando, es una manera de atentar contra un derecho elemental de la personal que es su libertad. Esas faltas contemplan trabajos comunitarios que el juez de paz, en su momento, dispondrá las acciones”, manifestó.

Durante la presentación del Plan de Operaciones Carnavales 2010, la autoridad policial explicó que los agentes del orden patrullarán y vigilarán diferentes sectores de Lima para prevenir y neutralizar cualquier acto de violencia, vandalismo o acción delictiva durante los carnavales.

Añadió que existen elementos de mal vivir que, aprovechando las circunstancias y la coyuntura del carnaval, se camuflan entre las personas que realizan estas prácticas para cometer robos, agresiones e incluso tocamientos indebidos en contra mujeres, jóvenes y menores de edad.

Ocho años de cárcel si hay lesiones graves
Tras señalar que se coordinarán acciones con las municipalidades para dar protección a la población, Guerrero Marchand recordó que las personas que, durante los carnavales, causen lesiones graves contra terceros podrían recibir penas de hasta ocho años de prisión.

En ese sentido, exhortó a la población a respetar a los transeúntes y evitar mojarlos o ensuciarlos en contra de su voluntad; e invocó a los padres de familia a controlar que sus hijos que realicen esta práctica, lo hagan respetuosa y sanamente.

Fuente: Noticia Local - Agencias

27 ene 2009

Por no realizar obras en riberas de ríos alcaldes podrían ser denunciados

Lima, 27 / 01 / 2009

Los alcaldes que no hayan cumplido con ejecutar obras de descolmatación y limpieza de las riberas de los ríos podrían ser denunciados por atentar contra la vida, el cuerpo y la salud de los habitantes de sus jurisdicciones, y además serían sancionados económicamente.

Así lo informó Lucrecia Chávez, representante de la Cuarta Fiscalía de Prevención del Delito de Turno del Ministerio Público, durante una inspección realizada con personal del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) a la cuenca del río Rímac, en la jurisdicción de Chosica.

La fiscal indicó que, al no haber realizado los trabajos de limpieza respectiva, el alcalde estaría atentando contra la vida, el cuerpo y la salud de los pobladores que están expuestos a un eventual desborde o a un huaico.

Por su parte, el jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), Luis Palomino, indicó que las 60 familias del asentamiento humano 27 de Junio, ubicada sobre la margen derecha del río Rímac, en Chosica, deben ser reubicadas por la municipalidad distrital, ya que están en una zona declarada intangible.

Dijo que si bien existe un dique de piedras que no permite el desborde de agua en el asentamiento humano, la acumulación de desmonte y basura en las riberas interrumpe el cauce del río y facilita una eventual inundación.

Por ello, aseveró que la municipalidad de Chosica no debe permitir el arrojo de basura en el río, debe sacar las piedras y basura que hay en las riberas, y debe dar todas las facilidades para la reubicación de las familias que puedan ser afectadas por algún desborde.

Fuente: Noticia Local - Agencias

12 feb 2008

Multarán cabinas que permitan acceso de menores a webs pornográficas en Pueblo Libre

Pueblo Libre, 12 / 02 / 2008

Los locales comerciales del distrito de Pueblo Libre que permitan el acceso de menores de edad a páginas web, blogs o similares que tengan contenido violento o sexual serán sancionados con una multa de 700 soles y en caso de reincidencia serán clausurados.
Así lo dispone una ordenanza municipal publicada hoy en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, que prohíbe esta práctica en el distrito, así como el alquiler o venta de videojuegos violentos o con contenido sexual a menores de edad.
La norma establece la misma sanción para los locales comerciales que permitan el acceso de menores de edad a videojuegos de violencia extrema o contenido sexual habilitados on line o como programas instalados en una computadora o consolas especiales.
También se sancionará de la misma forma a los locales de alquiler o venta de videojuegos violentos o con contenido sexual aptos para adultos, a menores de edad.
Esta ordenanza entrará en vigencia a los 90 días calendario contados a partir de hoy, a efectos que los propietarios y/o administradores de los establecimientos comerciales que brinden el servicio de alquiler de cabinas de Internet y de videojuegos implementen de manera obligatoria los mecanismos de seguridad necesarios para regular y controlar el acceso de menores de edad a páginas web, blogs o similares con contenido violento y/o sexual.

Fuente: Noticia Local - Agencias